Medidas financieras y sociolaborales integradas en el Plan de apoyo al sector textil y de la confección.

Código de ayuda:

S39755/06

Norma:

ORDEN TAS/3243/2006, de 19 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de diciembre de 2008.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar las medidas sociolaborales de ejecución inmediata en materia de formación continua, de incentivos específicos a las empresas para mantener en las mismas a los trabajadores mayores de 55 años
y de incentivos adicionales para favorecer la recolocación de los excedentes del sector textil y de la confección.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación
  • Textil - Confección

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas que realizan actividades industriales del sector textil y de la confección a los que se aplica el
convenio colectivo general de trabajo de la industria textil y de la confección o que están encuadradas en los epígrafes 17 y 18.1 y 2 del Código Nacional de Actividades Económicas (CNAE).

Empresas en general, con independencia de su inclusión o no en el sector textil y de la confección, siempre que sus destinatarios finales sean trabajadores excedentes de dicho sector.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Medidas de apoyo en materia de formación continua.
Incentivos mediante bonificaciones para el mantenimiento y la creación de empleo.
Medidas para favorecer la empleabilidad y la recolocación de los trabajadores excedentes del sector.

Requisitos:

Las empresas del sector industrial que no se encuentren encuadras en los epígrafes anteriores pero que estén acogidas al Convenio General de la industria textil y de la confección deberán previamente acreditar tal condición mediante escrito a la TGSS acompañada de la documentación pertinente.

Documentos asociados

Boletín: 21/10/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 252
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento