Medidas de fomento del empleo de experiencia en colaboración con las Administraciones Locales - Modificación.

Código de ayuda:

S54100/05

Norma:

DECRETO 3/2008, de 11 de enero. DECRETO 238/2005, de 9 de noviembre. ORDEN de 15 de noviembre de 2005. DECRETO 3/2008, de 11 de enero.

Plazo de Solicitud:

Prórroga de los Programas I y II: hasta el 01/02/2008.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas a las Entidades Locales dirigidas al Fomento de Empleo de experiencia de los desempleados, con el objeto de activar la inserción laboral dentro del marco configurado en el V Plan de Empleo de Extremadura y en el POI de Extremadura 2000-2006, constituyéndose este último en su Plan Estratégico, junto con el Plan estratégico del Servicio Público de Empleo Estatal, por lo que respecta a las subvenciones previstas en el Programa III, financiadas con fondos estatales.

Las subvenciones se otorgarán de acuerdo con los siguientes programas:
• Programa I: Empleo de Experiencia en Entidades Locales.
• Programa II: Combinado de Formación y Empleo.
• Programa III: Programa SEXPE-Corporaciones Locales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Igualdad y Empleo (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

En razón a las distintas fechas de inicio de los contratos, derivadas de la regulación de cada Programa, las cuantías de las subvenciones a conceder por continuación de las actividades serán las siguientes:

— Programa I: 6.400 euros por cada contrato.
— Programa II: 4.600 euros por cada contrato.

La cuantía restante del coste total de la contratación, en su caso, será aportada por las entidades beneficiarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de Extremadura.

I. PROGRAMAS DE EMPLEO DE EXPERIENCIA EN ENTIDADES LOCALES Y COMBINADO DE FORMACIÓN Y EMPLEO.
Podrán beneficiarse del Programa I, de acuerdo a los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto, los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Podrán beneficiarse del Programa II, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en el Decreto, las Mancomunidades de Municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

II. PROGRAMA SEXPE-CORPORACIONES LOCALES.
Las Corporaciones Locales de Extremadura y sus Entidades dependientes o vinculadas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades beneficiarias de las subvenciones de los Programas I y II regulados en este Decreto 3/2008, podrán solicitar una nueva ayuda para el mantenimiento de los contratos laborales ya suscritos con trabajadores desempleados, siempre y cuando manifiesten su intención o propósito de mantener al menos hasta el 30 de septiembre de 2008 las obras o servicios en que consisten las actividades para las cuales se les concedió la subvención inicialmente. Serán aplicables a esas ayudas las reglas establecidas en la presente disposición adicional.


I. PROGRAMAS DE EMPLEO DE EXPERIENCIA EN ENTIDADES LOCALES Y COMBINADO DE FORMACIÓN Y EMPLEO.
Las actividades subvencionables a desarrollar por las personas a contratar serán para el Programa I las contempladas en los apartados a) y b) y para el Programa II sólo las contempladas en el apartado b):
a) Ayuda a domicilio para la atención de personas dependientes.
b) Servicios de interés colectivo, infraestructuras municipales, conservación del medio ambiente, promoción deportiva, dinamización socio-cultural y otras de similar naturaleza.

II. PROGRAMA SEXPE-CORPORACIONES LOCALES.
Los servicios y obras a realizar, sobre la base de la colaboración entre el SEXPE y las Entidades beneficiarias, deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social y sean competencia de las Corporaciones Locales o de sus entidades dependientes o vinculadas.
b) Que sean ejecutados por las entidades solicitantes en régimen de administración directa o por las empresas a las que se adjudique su ejecución.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesional de los desempleados.
d) Que el porcentaje mínimo de trabajadores desempleados a ocupar en la realización de la obra o servicio sea de, al menos, el 75%.
e) Que las obras y servicios se puedan ejecutar en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales, debidamente justificadas, que determinan la imposibilidad de ejecución en dicho plazo, en cuyo caso podrán ser aprobadas las obras y servicios siempre que puedan quedar finalizadas dentro de los seis primeros meses del ejercicio presupuestario siguiente.
f) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias no subvencionadas por el SEXPE, lo que acreditará mediante la correspondiente certificación.
g) Que en el caso de que las obras o servicios sean ejecutados en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, sean realizados preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.

Requisitos:

1. Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Hacienda de la Comunidad Autónoma, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión de la ayuda.

2. No encontrase incurso en prohibición para resultar beneficiario de la subvención, según lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto 64/2005, de 15 de marzo, en concordancia con lo dispuesto en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

3. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto, las entidades beneficiarias habrán de cumplir los requisitos y condiciones establecidos con carácter general por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/11/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/11/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 132
Documento: Convocatoria 2005 Descargar Documento
Boletín: 18/01/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 12
Documento: Prórroga de los Programas I y II y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/01/2008
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 12
Documento: Modificación Descargar Documento