Linea de financiacion con cargo al Fondo Financiero del Estado de Ayuda al Comercio Interior.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S19646/14

Norma:

Zaragoza, 30 de abril de 2014. Real Decreto 1786/2009, de 20 de noviembre. Acuerdo de fecha 11 de marzo de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/07/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Efectúar la convocatoria para 2014 y se establece el procedimiento para la concesión de la línea de financiación con cargo al Fondo Financiero del Estado para la Modernización del Comercio Interior.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Aragón

Convoca:

Dirección General de Comercio y Artesanía (Aragón)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La financiación convocada consiste en préstamos sobre un máximo del 80 por ciento del valor del proyecto con una cuantía máxima de 640.000 euros por proyecto. El proyecto para el que se solicite financiación deberá tener un valor mínimo de 30.000 euros.

Las condiciones de financiación son las siguientes:

a) Los plazos de amortización serán de cinco y siete años, con posibilidad de un año de carencia de principal y de diez años con posibilidad de dos años de carencia de principal.

b) Tipo de interés para el cliente:

– Préstamos a cinco años sin carencia, fijo, al 2.425%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a cinco años con un año de carencia, fijo, al 2,449 %, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a siete años sin carencia, fijo, al 2,854%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a siete años con un año de carencia, fijo, al 2,854 %, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a diez años sin carencia, fijo, al 3,845%, más hasta un 4,30%.

– Préstamos a diez años con dos años de carencia, fijo, al 3,845%, más hasta un 4,30%.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las entidades locales, las entidades de derecho público y/o empresas públicas dependientes de aquellas.

b) Las asociaciones de pequeñas y medianas empresas comerciales.

c) Las cámaras oficiales de comercio.

d) Las pequeñas y medianas empresas (según se definen en el anexo I del Reglamento (CE) n.º 800/2008 de la Comisión, de 6 de agosto de 2008, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado común en aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado, Reglamento General de Exención por Categorías) pertenecientes al sector comercio.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Apoyar financieramente las actuaciones orientadas a la modernización y mejora de la eficacia y eficiencia del comercio interior minorista y, en particular, de las pequeñas y medianas empresas del sector.

Documentos asociados

Boletín: 08/12/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 295
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/05/2014
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 91
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 13/05/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 116
Documento: Acuerdo de 11 de marzo de 2014. Descargar Documento