Línea de ayuda destinada a financiar las cuotas a ingresar por el Convenio Especial suscrito o que suscriban los trabajadores solicitantes a su vez de la línea de ayuda correspondiente al Programa II.2-2 de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo, y se convoca la citada línea de ayuda para el año 2014.

Código de ayuda:

S33973/14

Norma:

ORDEN EYE/588/2014, de 1 de julio. Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Financiar las cuotas a ingresar por el Convenio Especial suscrito o que suscriban los trabajadores solicitantes a su vez de la línea de ayuda correspondiente al Programa II -2.2 de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo, y no se les hubiese notificado resolución expresa.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda ascenderá al coste del Convenio Especial que haya de suscribir el trabajador con la Seguridad Social, con un límite máximo de 12.000 euros en el tiempo y forma que se determina en su convocatoria prevista en el Anexo II de la presente orden.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los trabajadores que presentaron solicitud al amparo de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo («B.O.C. y L.» de 29 de mayo de 2012) correspondiente al Programa II -2.2 cuya finalidad es financiar las cuotas a ingresar por el Convenio Especial que suscriba el trabajador con la Seguridad Social y no se les hubiese notificado resolución expresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Financiar las cuotas a ingresar por el Convenio Especial suscrito o que suscriban los trabajadores solicitantes a su vez de la línea de ayuda correspondiente al Programa II.2-2 de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo.

Requisitos:

a) Que la extinción de su contrato de trabajo se haya producido en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2011 y el 30 de septiembre de 2012, por proceder de empresas que hayan sido declaradas en situación de insolvencia o que hayan acudido al procedimiento concursal en declaración de concurso de acreedores.

b) Que la antigüedad en la empresa de la que proceden, sea de un mínimo de tres años.

c) Que a la fecha de extinción del contrato de trabajo cuente con 55 años o más años de edad.

d) No tener la condición de mutualista a 1 de enero de 1967, ni ser cotizante al mutualismo laboral con anterioridad a dicha fecha.

e) Suscribir el convenio especial con la Seguridad Social conforme a lo dispuesto en la Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre por la que se regula el Convenio Especial en el sistema de la Seguridad Social, o acreditar la notificación de la procedencia de celebrar el convenio especial en los términos previstos en el artículo 4 de la citada Orden.

f) Que la base de cotización que sirvió de cálculo de su prestación por desempleo, no supere los 2.500 euros.

g) La base de cotización por la que opte para calcular las cuotas del Convenio Especial que suscriba, no podrá superar el importe de la base de cotización que sirvió de cálculo de su prestación por desempleo de nivel contributivo ni superar 1.900 euros.

h) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.

Además, para adquirir la condición de beneficiario, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

– Desistir expresamente de la solicitud presentada al amparo de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo («B.O.C. y L.» de 29 de mayo de 2012).

– En caso de haber interpuesto recurso potestativo ante el Consejero de Economía y Empleo, al amparo de la Orden EYE/362/2012, de 22 de mayo («B.O.C. y L.» de 29 de mayo de 2012) se deberá igualmente desistir expresamente del mismo.

Documentos asociados

Boletín: 29/05/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 101
Documento: ORDEN EYE/362/2012, de 22 de mayo. Descargar Documento
Boletín: 07/07/2014
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 128
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento