Libramiento de fondos a Centros públicos de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Educación Especial y Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de la Comunidad Autónoma de Extremadura, destinados a la adquisición de libros de texto, material escolar y material didáctico específico y de acceso al currículo para el curso 2006/2007.

Código de ayuda:

S13555/06

Norma:

INSTRUCCIÓN n.º 3/2006, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El libramiento de fondos a centros educativos tendrá las siguientes finalidades:
a) Dotar progresivamente a los centros de libros de texto y, en su caso, de material escolar y material didáctico específico y de acceso al currículo.
b) Propiciar el ajuste entre los materiales del centro y las necesidades del alumnado.
c) Promover la propiedad social.
d) Desarrollar hábitos de cuidado y respeto en el uso de materiales escolares.

Para los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica los fondos tendrán como finalidad la dotación de material específico para la evaluación psicopedagógica y el asesoramiento.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Educación (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Serán destinatarios del libramiento de estos fondos los centros públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que impartan enseñanzas de Primaria, Secundaria Obligatoria y Educación Especial.

Podrán igualmente ser destinatarios del libramiento los Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica que tengan necesidades de material específico para el desarrollo de sus funciones.

Requisitos:

a) Escolarizar alumnado procedente de familias desfavorecidas económicamente, con los niveles de renta que se especifican en la regla sexta, o excepcionalmente, con situaciones sociales especiales.
b) Escolarizar alumnado perteneciente a familias que tengan la condición legal de numerosa, sin limitación de renta.
c) Escolarizar alumnado con necesidades educativas derivadas de discapacidad, sobredotación o con lengua y cultura minoritarias.

Documentos asociados

Boletín: 29/04/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Convocatoria curso 2006/07 y Anexos Descargar Documento