Inversiones de empresas artesanas de Navarra.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S18891/12

Norma:

ORDEN FORAL 48E/2012, de 13 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/07/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el régimen de ayudas a las empresas artesanas de Navarra, al objeto de contribuir a la modernización de sus estructuras y equipamientos, con el objetivo de incrementar su competitividad y de mejorar su estructura y su gestión.

Categorías Subvención

  • Artesanía

Localización del organismo gestor

Navarra

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Relaciones Institucionales (Navarra)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La inversión mínima debe alcanzar al menos 6.000 euros de base imponible para el apartado 2.a) y de 2000 euros de base imponible para el apartado 2.b).

La subvención consistirá en un porcentaje del 50 % del importe de las inversiones subvencionables acogibles, conforme a los siguientes máximos:

–Inversiones establecidas en el apartado 2.a): 6.000 euros por proyecto.

–Inversiones establecidas en el apartado 2.b): 3.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas que reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de obras necesarias para implantar, modernizar, rehabilitar, reformar o acondicionar los talleres y locales en los que, de forma independiente y separada, se desarrolle la actividad empresarial
artesana.

b) Adquisición, montaje e instalación de maquinaria, instalaciones y útiles de producción específicos, necesarios e imprescindibles para el desarrollo de la actividad. Se exceptúan los bienes fungibles, la materia prima o aquellos gastos que intervengan en la elaboración del producto, así como la adquisición de maquinaria o equipos de segunda mano y el mobiliario de oficina.

Requisitos:

a) Inscripción en el Registro de Empresas Artesanas de Navarra.

La inscripción debe ser anterior a la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y, en todo caso, debe ser efectiva en el momento de realización de las actuaciones subvencionables.

b) Renovación, en su caso, de la condición de empresa artesana de Navarra.

Una vez presentada la solicitud de la ayuda, en el caso de que finalice el periodo de validez de 2 años del reconocimiento por parte del Gobierno de Navarra de la condición de empresa artesana, el solicitante
deberá presentar la solicitud de renovación de dicha condición y cumplir los requisitos que dan acceso a dicho reconocimiento, con anterioridad a la concesión de la subvención.

c) No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el artículo 13 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se
acredita mediante una “declaración responsable” incluida en el formulario de solicitud.

Documentos asociados

Boletín: 25/05/2012
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 99
Documento: Bases y Convocatoria 2012. Descargar Documento