Instrumentos financieros para proyectos de creacion de empresas de base tecnologica para el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S08773/14

Norma:

RESOLUCIÓN de 5 de marzo de 2014. Orden de 12 de diciembre de 2006. RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2014. RESOLUCIÓN de 19 de noviembre de 2014. RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2015.

Plazo de Solicitud:

Desde el 18 de mayo de 2015 hasta el 11 de junio de 2015 a las 14 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006, de la Consellería de
Empresa, Universidad y Ciencia, sobre concesión de ayudas por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de préstamos bonificados y subvenciones vinculadas a la creación de empresas de base tecnológica para el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Características del préstamo:

– Cuantía del préstamo: 100 % de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo por proyecto no superará los 175.000 euros.

– Tipo de interés: 0 por ciento.

– Amortización del préstamo: El plazo de amortización será de 48 meses. Las cuotas de amortización serán semestrales. La primera cuota se hará efectiva el 30 de septiembre de 2016 y sucesivamente cada semestre, hasta el 30 de marzo de 2020 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo, salvo modificación de estos plazos por otros posteriores mediante resolución del director general del IVACE.

– Garantías: Se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por Sociedades de Garantía Recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado
como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. La garantía será del 30% del importe del préstamo.

Características de la subvención a fondo perdido.

– Porcentaje de subvención a fondo perdido: hasta el 35 % del importe del préstamo, sin que la cuantía de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 61.250 euros, ni suponer más de un 35 % del importe del préstamo.

Intensidad máxima de la ayuda (préstamo bonificado y subvención a fondo perdido) calculada en función de los costes subvencionables:

Se obtendrá mediante la suma del porcentaje de la subvención bruta equivalente correspondiente al préstamo concedido, y del porcentaje de la ayuda concedida en forma de subvención a fondo perdido, y no podrá superar los máximos establecidos por el artículo 22 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 para las ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales.

El cálculo de la subvención bruta equivalente se efectuará aplicando la metodología prevista en la Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización (DO C 14 de 19 de enero 2008) y al tipo de interés de referencia vigente en el momento de la concesión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas empresas de base tecnológica que en el momento de presentación de la solicitud tengan una antigüedad inferior a cinco años.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Fomentar el emprendimiento innovador de base tecnológica, la diversificación empresarial, el crecimiento económico y la creación de empleo de calidad en el tejido empresarial de la Comunitat Valenciana, apoyando tanto la puesta en marcha como el crecimiento de empresas cuyas actividades se basan en la explotación del conocimiento y la tecnología.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5417
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/03/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7230
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 10/04/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7252
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 10/12/2014
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7420
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 12/05/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7523
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento