Instrumentos financieros para proyectos de I+D de empresas en colaboracion con universidades para el ejercicio 2015.

Código de ayuda:

S04700/15

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de enero de 2015. Orden de 12 de diciembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Se iniciará el día 12 de febrero de 2015 y finalizará el 25 de marzo de 2015, a las 14.00 horas.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, junto con lo dispuesto en la Orden de 12 de diciembre de 2006, de la Consellería de
Empresa, Universidad y Ciencia, sobre concesión de ayudas por el Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalitat Valenciana (IMPIVA), las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) de préstamos bonificados y subvenciones vinculadas a proyectos de I+D de empresas en colaboración con universidades para el ejercicio 2015.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Financiación Preferente / Préstamos
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE) (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Características del préstamo:

Características del préstamo:

– Cuantía del préstamo: 100 % de los costes subvencionables del proyecto. La cuantía global del préstamo por proyecto no superará los 175.000 euros.

– Tipo de interés: 0 por ciento.

– Cuotas de amortización semestrales. La primera cuota de amortización se hará efectiva el 30 de septiembre de 2016 y sucesivamente cada semestre, hasta el 31 de marzo de 2020 con la que se liquidará en su totalidad el préstamo salvo modificación de estos plazos por otros posteriores mediante resolución del director general del IVACE. En consecuencia, el plazo de amortización será de 48 meses.

– Garantías: Se podrá constituir en metálico o en forma de aval financiero prestado por entidades de crédito o por sociedades de garantía recíproca que deberá cubrir tanto el importe del préstamo avalado como cualquier gasto derivado del incumplimiento de la obligación de reembolso. El aval será del 30 por ciento del importe del préstamo.

Características de la subvención a fondo perdido.

– Porcentaje de subvención a fondo perdido: hasta el 30 % del importe de los costes subvencionables para PYME y hasta el 20 % en caso de grandes empresas, sin que la cuantía de subvención a fondo perdido por proyecto pueda superar los 52.500 euros y los 35.000 euros
respectivamente.

Intensidad máxima de la ayuda (préstamo bonificado y subvención a fondo perdido) calculada en función de los costes subvencionables: se obtendrá mediante la suma del porcentaje de la subvención bruta equivalente correspondiente al préstamo concedido, y del porcentaje
de la ayuda concedida en forma de subvención a fondo perdido, y no podrá superar las intensidades máximas permitidas por artículos 25 y 28 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 para las ayudas de I+D e innovación, incluidas las primas y en ningún caso podrá superar un 35 % de intensidad máxima en el caso de PYME y un 25 % de intensidad máxima en el caso de grandes empresas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, tanto grandes como PYME, cuya fecha de constitución sea anterior al 30 de junio de
2013. Asimismo, deberán contar al menos con un trabajador consignado en el recibo de liquidación de cotizaciones (TC1) correspondiente al segundo mes anterior a la solicitud, siendo computables a estos efectos los trabajadores cooperativistas en el caso de las solicitudes presentadas por cooperativas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

– Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.

– Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes –de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo– con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir
también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

Requisitos:

La sede social o establecimiento de producción de la empresa beneficiaria deberá estar ubicado en la Comunitat Valenciana tanto en el momento de desembolso del préstamo como en el de la presentación de la justificación.

Documentos asociados

Boletín: 29/12/2006
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5417
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 05/02/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7459
Documento: Convocatoria 2015. Descargar Documento