Iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE: Asistencia tecnica a las organizaciones de envio - Desarrollo de las capacidades para la ayuda humanitaria de las organizaciones de acogida.

Código de ayuda:

S02719/15

Norma:

EACEA 03/2015.

Plazo de Solicitud:

antes de las 12:00 horas (mediodía, hora de Bruselas) del 1.4.2015 para el primer plazo, y del 1.9.2015 para el segundo plazo.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Reforzar las capacidades de las organizaciones de envío y de acogida que desean participar en la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE, y velar por el cumplimiento de las normas y los
procedimientos relativos a los candidatos a voluntarios y a los Voluntarios de Ayuda de la UE.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención será de 700 000 EUR. No se considerará la financiación de solicitudes de subven­ción inferiores a 100 000 EUR. La Agencia espera financiar 20 propuestas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

— Organizaciones no gubernamentales sin ánimo de lucro constituidas de conformidad con el Derecho de un Estado miembro y cuya sede se encuentre en el territorio de la Unión.

— Organismos de Derecho público de carácter civil que se rijan por el Derecho de un Estado miembro.

— La Federación internacional de las Organizaciones nacionales de la Cruz Roja y de la Media Luna Roja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se reforzarán las capacidades de hasta 100 organizaciones de envío y de acogida en los ámbitos siguientes:

— Gestión del riesgo de catástrofes, preparación y respuesta en caso de catástrofe, y refuerzo del vínculo entre la ayuda de emergencia, la rehabilitación y el desarrollo.

— Gestión de voluntarios con arreglo a las normas y procedimientos establecidos para la gestión de los candidatos a voluntarios y de los Voluntarios de Ayuda de la UE.

— Refuerzo del voluntariado local en terceros países.

— Capacidades para obtener la certificación, incluida la capacidad administrativa.

— Herramientas y métodos de evaluación de las necesidades a escala local.

— Creación de asociaciones para el desarrollo de proyectos conjuntos en el contexto de la iniciativa Voluntarios de Ayuda de la UE.

— Comunicación de los principios de la ayuda humanitaria de la Unión con arreglo a lo acordado en el Consenso europeo sobre la ayuda humanitaria y refuerzo de los niveles de conocimiento y visibilidad de la ayuda humanitaria.

Requisitos:

Solo serán subvencionables las entidades jurídicas con sede en los siguientes países:

— Los Estados miembros de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslova­quia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Reino Unido, Rumanía y Suecia.

Documentos asociados

Boletín: 20/01/2015
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº 12
Documento: Convocatoria de Propuestas. Descargar Documento