Indemnizaciones a los titulares de explotaciones dedicadas al Cultivo del Tomate.

Código de ayuda:

S03919/05

Norma:

Orden de 1 de febrero de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/03/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer indemnizaciones a los titulares de explotaciones dedicadas al cultivo del tomate perjudicados por los daños ocasionados con motivo de la implantación de la lucha biológica prevista en el punto 3 del artículo 2 de la Orden de 20 de octubre de 2004, de la Consejería de Agricultura y Agua.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Agricultura y Agua (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Los titulares de explotaciones dedicadas al cultivo del tomate que hayan introducido insectos útiles que combatan las plagas en
los términos establecidos en el punto 3 del articulo 2 de la Orden de 20 de octubre de 2004.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La indemnización consistirá en 3.000 euros por hectárea, con un máximo de 9.000 euros por beneficiario, para hacer frente a los daños ocasionados por la implantación de la lucha biológica.

Documentos asociados

Boletín: 09/02/2005
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 32
Documento: Convocatoria y Solicitud Descargar Documento