Indemnizaciones a los presos acogidos a la Ley de Amnistía que no accedieron a las indemnizaciones aprobadas por el Gobierno de la Nación y que han sido incluidos en el censo.
Código de ayuda:
S58900/05Norma:
DECRETO 210/2005, de 23 de diciembre.Plazo de Solicitud:
Sin determinar.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la concesión de indemnizaciones a las personas que sufrieron privación de libertad como consecuencia de los actos de intencionalidad política previstos en la Ley 46/1977, de 15 de octubre, de Amnistía, y no pudieron acceder a las indemnizaciones establecidas en la disposiciones adicional decimoctava de las Leyes 4/1990, de 26 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para 1990, y 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992.Categorías Subvención
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Justicia e Interior. (Comunidad Valenciana)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía individual de las indemnizaciones será de 6.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
1. Serán beneficiarios de estas indemnizaciones, las personas incluidas en el censo aprobado por Acuerdo de 6 de mayo de 2005, del Consell de la Generalitat.2. Si durante la tramitación del procedimiento falleciera la persona con derecho a percibir la indemnización, ésta pasará a sus herederos.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Las indemnizaciones consistirán en una prestación económica directa, de percepción única y no periódica.2. Las indemnizaciones establecidas en este decreto son incompatibles con cualesquiera otras ayudas, indemnizaciones, pensiones o subsidios que hubieran percibido o tuvieran derecho a percibir por otras Administraciones Públicas o por la Seguridad Social por igual concepto.
Documentos asociados
Boletín:
27/12/2005
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5163
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5163
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