Indemnización de los daños causados al ganado por los buitres leonados en el Territorio Histórico de Álava.
Código de ayuda:
S29364/05Norma:
DECRETO FORAL 37/2005, de 10 de mayo.Plazo de Solicitud:
15 días desde la fecha del ataque.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular la indemnización de los daños causados al ganado vivo por los buitres leonados (Gyps fulvus) en el Territorio Histórico de Álava.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Foral de Álava (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a cuantía de la indemnización pertinente por daños causados por buitres al ganado se determinará de acuerdo con el baremode valoración establecido en el Anexo 1 de este Decreto, con los siguientes límites:
- Hasta el 90 % del baremo establecido en el caso de ataque comprobado a ganado vivo y sano sujeto a adecuado cuidado ganadero.
- Hasta el 50 % del baremo establecido en el caso de ataque comprobado a ganado vivo y sano no sujeto a custodia.
El ganado, para poder ser objeto de indemnización, deberá haber cumplir las normas vigentes en materia de identificación y sanidad animal.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas y jurídicas que se recogen en la convocatoria.Documentos asociados
Boletín:
30/05/2005
BO Provincia de Álava- Nº 61
Documento: Normativa Reguladora Descargar Documento
BO Provincia de Álava- Nº 61
Documento: Normativa Reguladora Descargar Documento