Incentivos agroindustriales extremeños en el ambito de la Comunidad Autonoma de Extremadura.- Convocatoria 2012.- Modificación.
Código de ayuda:
S27382/12Norma:
DECRETO 136/2012, de 13 de julio. DECRETO 131/2013, de 23 de julio.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/10/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas, en forma de subvención a fondo perdido, para aquellas empresas del sector agroindustrial que realicen inversiones en la Comunidad Autónoma de Extremadura.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Medio Ambiente y Energía (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La inversión mínima auxiliable será de 15.000 € y la inversión máxima auxiliable será de 20.000.000 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las empresas que realicen inversiones destinadas a la transformación y comercialización de los productos indicados en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, salvo las destinadas a losproductos de la pesca y de la acuicultura, siempre y cuando tengan la consideración de pequeña y mediana empresa según la definición establecida en el Reglamento 800/2008 de 6 de agosto, o de empresas que cuenten con menos de 750 empleados o con un volumen de negocios no superior a 200 millones de euros; no obstante, el producto obtenido como consecuencia de la transformación puede ser un producto no incluido en el Anexo I del Tratado, según establece el Programa de Desarrollo Rural de Extremadura para el período 2007-2013.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Desarrollo de una estructura moderna, integral y adecuada:a.1. Promoción de un tejido cooperativo competitivo.
a.2. Mejorar y controlar las condiciones sanitarias y mejorar la seguridad alimentaria.
a.3. Mejorar la dimensión de las empresas para facilitar el acceso a mercados más amplios, aumentar la rentabilidad y contribuir a su permanencia.
a.4. Creación de nuevas empresas o ampliación de las ya existentes.
a.5. Mejora de la competitividad de las empresas.
a.6. Prevención de riesgos laborales.
b) Impulso del acceso y desarrollo de la innovación y la aplicación de las Nuevas Tecnologías, en coordinación con otras actuaciones comunitarias y nacionales en materia de I+D.
c) Adaptación de las producciones a las demandas del mercado.
c.1. Mejora de la calidad, promoviendo la calidad del producto y la implantación de sistemas de calidad.
c.2. Promoción de nuevos productos de alto valor añadido y/o que ofrezcan nuevas oportunidades de comercialización.
c.3. Aplicación de nuevos usos a los productos agrícolas.
d) Avance hacia la mejora ambiental de la industria agroalimentaria y forestal:
d.1. Protección del medio ambiente mediante el aprovechamiento de subproductos, ahorro en el consumo de agua y/o energía, eliminación y valorización de residuos y prevención de la contaminación mejorando la gestión de vertidos y residuos.
d.2. Favorecer el traslado de industrias desde zonas urbanas a polígonos industriales.
d.3. La protección y mejora del bienestar animal.
Requisitos:
No podrán ser beneficiarias de estas ayudas: las empresas públicas o las participadas por éstas en más de un 50%, las entidades de derecho público, las entidades sin ánimo de lucro cualquiera que sea la forma que adopten, las participadas mayoritariamente por éstas y las empresas de cualquier tipo que tengan por actividad la gestión de un servicio público.Los solicitantes no podrán estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a que se refiere el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura. A los efectos de acreditar el cumplimiento de los citados extremos, las entidades solicitantes efectuarán declaración responsable, dirigida al órgano que ha de otorgar la subvención, que se incluirá en la solicitud de concesión de la subvención.
Documentos asociados
Boletín:
19/07/2012
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 139
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 139
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
29/07/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 145
Documento: Modificación Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 145
Documento: Modificación Descargar Documento