Incentivos a los sectores del teatro, la danza y el circo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S30591/13

Norma:

ORDEN 81/2013, de 30 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 22/08/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Contribuir al mantenimiento y consolidación del teatro, la danza y el circo de carácter profesional en la Comunitat Valenciana, a través de la potenciación de las diferentes actividades
que se desarrollan en estos sectores, con el fin último de que los ciudadanos puedan disponer de una oferta diversificada y de calidad.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Deporte (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe global máximo de estos incentivos es de 1.027.000 euros, los cuales se distribuirán entre las modalidades arriba indicadas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas y jurídicas establecidas en un Estado Miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, que lleven a cabo actividades de teatro, danza o circo profesionales, que cumplan con los requisitos específicos que se señalan para cada modalidad de subvención y que desarrollen las actuaciones previstas en cada caso durante el año 2013.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incentivos a nuevas dramaturgias.

b) Incentivos a la producción y/o gira de empresas de teatro.

c) Incentivos a la producción y/o gira de empresas de danza.

d) Incentivos a la producción y/o gira de empresas de circo.

e) Incentivos a proyectos emergentes.

f) Incentivos a la programación en salas de exhibición.

g) Incentivos a entidades sin ánimo de lucro.

h) Incentivos a la formación, investigación y edición.

i) Incentivos a festivales y muestras.

Requisitos:

Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, deberán hacerse constar expresamente en la solicitud los compromisos de ejecución asumidos por cada miembro de la agrupación, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la consideración de beneficiarios. En cualquier caso, deberá nombrarse un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir
las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación. No podrá disolverse la agrupación hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción previsto en los artículos 39 y 65 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 02/08/2013
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7081
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos Descargar Documento