Incentivos a la contratacion indefinida de las mujeres como medida para lograr un mercado de trabajo igualitario, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, y se procede a su convocatoria para el año 2009.

Código de ayuda:

S03173/09

Norma:

Orden de 30 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Con la finalidad de facilitar la inserción laboral de las mujeres trabajadoras que presentan desventajas
y dificultades particulares para acceder o permanecer en el mercado de trabajo, la presente orden tiene
por objeto fijar las bases reguladoras y proceder a la convocatoria para el año 2009 de los incentivos a
su contratación indefinida.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las transformaciones en indefinidos de los contratos temporales se incentivarán con una cuantía de
3.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en esta orden las empresas, cualquiera que sea la forma
jurídica que adopten, incluídos autónomos, las sociedades civiles y las comunidades de bienes, aúnque
carezcan de personalidad jurídica, que contraten por cuenta ajena trabajadoras pertenecientes a los
colectivos relacionados en el artículo 3º para prestar servicios en centros de trabajo situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Requisitos:

a) La tasa de estabilidad de la plantilla de la empresa deberá ser igual o superior al 75% en el mes de la
contratación objeto de solicitud de subvención. Se entenderá por tasa de estabilidad el porcentaje
de personal trabajador fijo sobre el total de la plantilla en el conjunto de los centros de trabajo de la
empresa en Galicia.

b) Como consecuencia de la contratación indefinida que se fomenta, tiene que incrementarse la plantilla
fija de la empresa en el ámbito territorial de Galicia, de modo que supere la media aritmética de los doce
meses anteriores a la fecha de inicio de la prestación laboral, siendo únicamente subvencionables las contrataciones que superen dicha media. A los efectos del cómputo del incremento de la
plantilla fija, no se tendrán en cuenta las bajas de los trabajadores y trabajadoras que se produjesen
por propia voluntad del trabajador o trabajadora o por muerte, jubilación, incapacidad permanente
total o absoluta o gran invalidez legalmente reconocidas.

c) Las contrataciones indefinidas iniciales deberán suponer incremento de la plantilla global de la
empresa en el ámbito territorial de Galicia, de modo que supere la media aritmética de los doce meses
anteriores a la fecha de inicio de la prestación laboral. Sólo se subvencionarán aquellas contrataciones
que superen dicha media.

d) A los efectos de esta orden tendrán la consideración de microempresas las empresas en las que la
media aritmética de la plantilla global de la empresa en los doce meses anteriores a la realización de la
contratación objeto de subvención en el ámbito territorial de Galicia, sea inferior a 10 trabajadores.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 10
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento