Incentivos a la Inversión Industrial.
Código de ayuda:
S26637/03Norma:
Orden TIC/49/2003, de 28 de enero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/04/2003Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas a proyectos de inversión industrial que promuevan el crecimiento, la modernización y la innovación del tejido empresarial de las zonas recogidas en la presente disposición, en las comarcas siguientes:L’Alt Urgell, L’Alta Ribagorça, El Baix Ebre, El Berguedà, La Conca de Barberà, Les Garrigues, La Garrotxa, El Montsià, La Noguera, El Pallars Jussà, El Pallars Sobirà, El Pla d’Urgell, El Priorat, La Ribera d’Ebre, El Ripollès, La Segarra, El Solsonès, La Terra Alta y L’Urgell.
O en los municipios:
Balsareny, Cardona, Navàs, Sallent, Súria, de la comarca de El Bages; Alpens, Lluçà, Olost, Oristà, Perafita, Prats de Lluçanès, Sant Agustí de Lluçanès, Sant Bartomeu del Grau, Sant Boi de Lluçanès, San Martí d’Albars, Sobremunt y Sora, de la comarca de Osona; Calaf, Calonge de Segarra, Castellfollit de Riubregós, Copons, Els Prats de Rei, Pujalt, Rubió, Sant Martí Sesgueioles, Sant Pere Sallavinera y Veciana, de la comarca de L’Anoia; Anglès, La Cellera de Ter, Amer, Sant Julià del Llor i Bonmatí y Maçanet de la Selva, de la comarca de La Selva.
Categorías Subvención
Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Trabajo (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El otorgamiento de subvenciones se tendrá que hacer dentro de los límites siguientes:a) Para las pequeñas empresas, hasta el 10% de la inversión efectuada.
b) Para las medianas empresas, hasta el 5% de la inversión efectuada.
c) Excepcionalmente, y en los casos en que así lo decida la comisión de evaluación, estos porcentajes podrán ser incrementados en un 5%, en el caso de pequeñas empresas, y en un 2,5%, en el caso de medianas empresas, llegando al máximo permitido por la normativa europea, en aquellos territorios que hayan sufrido el impacto de procesos de desindustrialización con altos porcentajes de la población afectados.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas (pymes).¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Tienen carácter de elemento subvencionable los activos fijos materiales, con la excepción de los terrenos.Se excluye de estas ayudas la fabricación de productos que imiten o sustituyan la leche y los productos lácticos.
Requisitos:
Actualmente, la definición de pequeña empresa es la siguiente:a) Tener una plantilla inferior a 50 trabajadores.
b) Tener un volumen de negocio anual que no supere los 7 millones de euros, o tener un balance general no superior a 5 millones de euros.
c) Que el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenezca a otra empresa, o conjuntamente a diversas empresas que no respondan a las condiciones antes mencionadas, excepto que sean sociedades públicas de participación, sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan, individualmente o conjuntamente, ningún control sobre la empresa.
Actualmente, la definición de empresa mediana es la siguiente:
a) Tener una plantilla inferior a 250 trabajadores.
b) Tener un volumen de negocio anual que no supere los 40 millones de euros, o bien disponer de un balance general no superior a 27 millones de euros.
c) Que el 25% o más de su capital o de sus derechos de voto no pertenezca a otra empresa, o conjuntamente a diversas empresas que no respondan en las condiciones antes mencionadas, excepto que sean sociedades de capital riesgo o inversores institucionales, siempre que éstos no ejerzan, individualmente o conjuntamente, ningún control sobre la empresa.
Documentos asociados
Boletín:
13/02/2003
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 3821
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2003 Descargar Documento
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Boletín:
09/12/2003
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4026
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
10/11/2004
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4257
Documento: Modificación Descargar Documento
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