Fondos para la investigación y creación en ámbitos artísticos o de pensamiento contemporáneo.

Código de ayuda:

S08973/06

Norma:

Resolución CLT/764/2006, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Dar apoyo a la investigación, la creación y la experimentación en todos los ámbitos artísticos y de pensamiento contemporáneo: arquitectura y diseño, artes escénicas (artes de la calle, circo, danza, teatro, actuación-performance), artes plásticas (pintura, escultura, grabado...), artes visuales (cine, fotografía, vídeo y formatos documentales), nuevas tecnologías, música y arte sonoro, pensamiento crítico, nuevos movimientos culturales y nuevos lenguajes artísticos y textuales.

Los proyectos de investigación y creación, en todos estos ámbitos, pueden ser impulsados por profesionales independientes, pensadores, creadores, críticos, comisarios o colectivos y han de tener como objetivo desarrollar actividades de investigación, análisis, crítica, comisariado y, en general, una profundización y ampliación del conocimiento relativo a un proyecto en concreto por parte de las personas implicadas.

El objeto de esta convocatoria quiere hacer un especial énfasis en los proyectos que acerquen la creación, los lenguajes artísticos y el pensamiento contemporáneo al público no especializado, especialmente a la población en edad escolar.
Quedan excluidos los proyectos de carácter industrial y comercial.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a los fondos:

a) Personas físicas que estén domiciliadas en Cataluña o que estén domiciliadas fuera de Cataluña y conserven la vecindad civil catalana, de acuerdo con lo que prevé el artículo 14 del Código civil.
b) Personas jurídicas con domicilio en Cataluña y/o establecimiento permanente en Cataluña.
c) Colectivos de creadores o grupos de investigación sin personalidad jurídica que se reúnan para proyectos conjuntos, siempre que sus miembros, que tendrán la consideración de beneficiarios, reúnan las condiciones exigidas en los apartados anteriores y en el resto de las bases.
d) A las modalidades c) y d) sólo podrán optar las compañías de danza constituidas como entidad privada sin ánimo de lucro o empresas con establecimiento permanente en Cataluña.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los fondos se pueden conceder con cuatro modalidades:

a) Fondos para solicitantes con menos de cinco años de trayectoria en circuitos profesionales.
Estos fondos se concederán únicamente con carácter anual, para proyectos que se realicen durante el año 2006. La dotación máxima para los proyectos de esta modalidad es de 12.000 euros.

b) Fondos para solicitantes con más de cinco años de trayectoria profesional.
Los fondos se pueden conceder con carácter anual o bianual:
De carácter anual, para proyectos que se realicen durante el año 2006.
La dotación máxima para los proyectos es de 25.000 euros.
De carácter bianual, para proyectos que se lleven a cabo durante un periodo de dos años (2006-2007).
La dotación máxima para los proyectos es de 25.000 euros.

c) Fondos para compañías de danza que encarguen a músicos profesionales la creación de obras instrumentales, vocales y/o electrónicas vinculadas a producciones de danza de compañías y coreógrafos.
El soporte final de presentación de la obra será de libre elección para la compañía de danza y deberá quedar acordado con anterioridad.
La dotación económica irá en función del minutaje y de la plantilla musical utilizada.
La dotación máxima para los proyectos es de 9.000 euros.

d) Fondos para compañías de danza con una larga trayectoria que encarguen a jóvenes coreógrafos sin compañía propia creaciones vinculadas a nuevas producciones de danza de corta o larga duración.
La coreografía ha de estar vinculada con la nueva producción de la compañía y se ha de presentar públicamente durante el tiempo de gira previsto para el espectáculo general.
Las condiciones de presentación pública se han de pactar entre la compañía y el coreógrafo al mismo tiempo que las condiciones económicas.
La dotación para los proyectos variará según el minutaje y la plantilla coreográfica de la creación y como máximo es de 9.000 euros.

Documentos asociados

Boletín: 29/03/2006
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4603
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento