Fomento a la creacion de puestos de trabajo estables por parte de las empresas y entidades sin animo de lucro.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S30346/12

Norma:

Igualada, 25 de juliol de 2012. Igualada, 6 de juliol de 2012.

Plazo de Solicitud:

Hasta el día 1 de octubre de 2012.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones para empresas y entidades sin ánimo de lucro ubicadas en el municipio de Igualada que hayan concurrido a la creación de puestos de trabajo estables durante el período objeto de la subvención.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Ayuntamiento de Igualada (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada puesto de trabajo estable que obtenga subvención se dotará con la cantidad mínima de 600 euros o podrá dotarse en su parte proporcional en caso de contrataciones a tiempo parcial o contrataciones de fijos discontinuos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La creación de puestos de trabajo estables.

Requisitos:

a) Ser persona física o jurídica que genere actividad económica en el municipio de Igualada, que cumpla con sus obligaciones tributarias y de la seguridad social.

b) Disponer de la correspondiente licencia de actividad, de acuerdo con la legislación vigente.

c) Llevar a cabo un mínimo de una contratación estable durante el período elegible (se entenderá como lugar de trabajo estable aquel formalizado mediante cualquier forma de contrato laboral de carácter indefinido previsto en la normativa vigente) y que deberá mantenerse en alta durante todo el periodo.

d) Según sea el número de trabajadores de la entidad beneficiaria el día 1 de septiembre de 2011, se exigirá que, a 31 de agosto de 2012, se haya efectuado el incremento de plantilla de acuerdo con el escalado establecido.

Documentos asociados

Boletín: 24/07/2012
BO Provincia de Barcelona- Nº
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/08/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6188
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento