Subvenciones para la realización de proyectos de investigación del patrimonio arqueológico y paleontológico de Castilla-La Mancha para el año 2019.

Código de ayuda:

S27137/16

Norma:

Orden de 13/07/2016. Resolución de 30/08/2016. Resolución de 28/03/2017. Resolución de 27/12/2017. Resolución de 04/07/2018. Resolución de 22/05/2019. Resolución de 29/10/2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de junio de 2019.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de proyectos de investigación del patrimonio arqueológico y paleontológico en Castilla-La Mancha.

Los proyectos de investigación subvencionados podrán ser de dos tipos:

a) Intervenciones arqueológicas o paleontológicas en bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

b) La realización de estudios de materiales referidos a yacimientos arqueológicos o paleontológicos de Castilla-La Mancha.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Corporaciones Locales
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Educación, Cultura y Deportes (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe total de la convocatoria es de 450.000 €. El importe máximo individual por proyecto para el año 2018 será de hasta un 90% el total del proyecto presentado, con un límite máximo de 30.000 euros por proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Orden, las siguientes entidades:

a) Las Universidades españolas.

b) Las Fundaciones de Universidades españolas que, entre sus fines y actividades, desarrollen investigación en materia de Patrimonio Histórico, Artístico y Cultural.

c) Los Organismos Públicos de Investigación reconocidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.

d) Los Ayuntamientos y las entidades de ámbito local menor para la realización de proyectos de investigación en bienes del Patrimonio Cultural ubicados en su término municipal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Intervenciones arqueológicas o paleontológicas en bienes pertenecientes al Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha.

b) La realización de estudios de materiales referidos a yacimientos arqueológicos o paleontológicos de Castilla-La Mancha.

Requisitos:

a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones, tributarias, tanto con la administración estatal como con la regional, y frente a la Seguridad Social.

b) No estar incursos en los supuestos de incompatibilidad regulados en la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, de conformidad a lo establecido en el artículo 74.2 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley 5/1986, de 23 de diciembre, electoral de Castilla-La Mancha.

c) No estar incursos en algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, en el caso de entidades obligadas por la normativa de prevención de riesgos laborales, y no haber sido sancionados, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

e) Cofinanciar, con recursos propios o ajenos, el proyecto, al menos en un 10 % del presupuesto resentado.

f) No haber sido sancionado, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, en materia de protección del Patrimonio Cultural.

g) Autorización del propietario de los terrenos en donde se va a desarrollar el proyecto, en caso de intervenciones en propiedad privada.

h) Autorización conforme al artículo 34 de la Ley 2/2014, de 8 de mayo, de Museos de Castilla-La Mancha, en el caso de que se requiera la salida de material arqueológico o paleontológico de una institución museística de Castilla-La Mancha.

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