Ejecucion de obras de instalacion de energia electrica en el medio rural en el Plan de electrificacion rural de Cataluña y para el suministro de gas en el Plan para la completa extension de la gasificacion de Cataluña (PERC y PLEGAC 2009-2010).
Código de ayuda:
S40819/09Norma:
ORDEN ECF/259/2009, de 11 de mayo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/06/2009Finalidad u objetivo de la ayuda:
Se abre la convocatoria para subvencionar la ejecución de obras de instalación para el suministro de energía eléctrica en el medio rural en el Plan de electrificación rural de Cataluña y para subvencionar la ejecución de obras de instalación para el suministro de gas en el medio rural en el Plan para la completa extensión de la gasificación de Cataluña para el periodo 2009-2010 (PERC y PLEGAC 2009-2010).Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Economía y Finanzas (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La concesión de estas subvenciones para el año 2009 se efectuará a cargo de la partida presupuestaria D/760.0001.00/6310 del centro gestor EC0208 del presupuesto vigente de la Generalidad por una cuantía máxima de 66.000,00 euros (41.000,00 euros para el PERC y 25.000,00 euros para el PLEGAC), y de la posición presupuestaria correspondiente al presupuesto para el año 2010 por una cuantía máxima de 7.050.000,00 euros (4.775.000 euros para el PERC y 2.275.000 euros para el PLEGAC), con un importe global máximo de 7.116.000,00 euros. La dotación presupuestaria para el año 2010 ha sido aprobada por el Acuerdo de Gobierno de fecha 7 de abril de 2009.De este importe global máximo se podrá destinar 4.816.000,00 euros para el Plan de electrificación rural de Cataluña y 2.300.000 euros para el Plan para la completa extensión de la gasificación de Cataluña.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las corporaciones locales.Requisitos:
a) No encontrarse en las circunstancias recogidas en el Artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.b) Cumplir los requisitos que establecen los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística. c) Cumplir con las obligaciones tributarias con el Estado y con la Generalidad de Cataluña y las obligaciones con la Seguridad Social.
d) En caso de que tengan 50 personas trabajadoras o más, cumplir la obligación que establecen el Artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, de acuerdo con el Artículo 7 y la disposición transitoria del Decreto 238/1987, de 2 de julio, o aplicar las medidas alternativas de acuerdo con el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, que regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de las personas trabajadoras con discapacidad (BOE núm. 90, de 20.4.2005) o bien aplicar lo que establece el Decreto 246/2000, de 24 de julio (DOGC núm.
3196, de 2.8.2000).
e) En caso de que tengan 25 personas trabajadoras o más, cumplir la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de utilizar medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, y intervenir en estos casos, en sus centros de trabajo.
Documentos asociados
Boletín:
25/05/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5386
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5386
Documento: Convocatoria 2009 y Bases Descargar Documento