Dotación económica máxima del Programa de ayudas a la producción editorial en catalán y al fomento de la lectura pública en catalán, y se regula su tramitación telemática (código 14201).

Código de ayuda:

S54546/05

Norma:

Orden CLT/437/2005, de 11 de noviembre. RESOLUCIÓN CMC/466/2007, de 25 de enero. ORDEN CLT/243/2013, de 3 de octubre. RESOLUCIÓN CLT/880/2014, de 27 de marzo. RESOLUCIÓN CLT/709/2015, de 20 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Para proyectos editoriales desde el 1 de enero al 15 de septiembre de cada año. Para libros ya editados hasta el 31 de octubre.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Regular la concesión de ayudas a la producción editorial en catalán y al fomento de la lectura en catalán.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Cultura y Medios de Comunicación (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pueden optar a las ayudas las empresas editoriales legalmente constituidas que tengan su sede social dentro o fuera de Cataluña; que hayan editado o tengan previsto editar un libro en lengua catalana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La ayuda se materializa en un pedido de libros, por parte del Departamento de Cultura y con un 15% de descuento sobre el precio de venta al público, IVA excluido, de un número mínimo de 10 ejemplares y un máximo de 800 ejemplares de determinados proyectos o novedades editoriales en lengua catalana, incluidas
las partituras musicales.

Los ejemplares de los títulos objeto de esta ayuda serán distribuidos entre las bibliotecas del Sistema de Lectura Pública de Cataluña, sin perjuicio de que esta distribución se pueda ampliar con posterioridad a otras bibliotecas del Sistema Bibliotecario de Cataluña.

Requisitos:

Los proyectos editoriales que opten a las ayudas deben tener prevista su publicación en un plazo máximo de tres meses a partir de la presentación de la solicitud.

En el caso de títulos ya editados, estos deben haber sido publicados en un plazo máximo de un mes antes de la presentación de la solicitud. Este plazo máximo de publicación se ampliará a tres meses para las solicitudes presentadas durante el mes de enero de cada año.

En caso necesario, y a fin de realizar estos cómputos, se tendrá en cuenta la fecha de constitución del depósito legal correspondiente.

Documentos asociados

Boletín: 18/11/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4513
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 27/02/2007
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4830
Documento: Dotación económica máxima 2007 Descargar Documento
Boletín: 09/03/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5334
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 21/10/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6484
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 25/04/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6610
Documento: Dotación Económica Máxima 2014. Descargar Documento
Boletín: 17/04/2015
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6853
Documento: Dotación Máxima 2015. Descargar Documento