Cursos del Plan 2006-2007 de Formación Permanente del Profesorado de Formación Profesional, dirigidos al profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formación Profesional.

Código de ayuda:

S14191/06

Norma:

ORDEN de 4 de abril de 2006.

Plazo de Solicitud:

Se establecerá en su respectiva convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente disposición es, por un lado, establecer el procedimiento de convocatoria y selección
de participantes para la realización de cursos de formación del profesorado de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco y, por otro, regular las ayudas económicas al profesorado que supere dichos cursos de formación, conforme a lo que se establezca en la resolución de convocatoria de cada curso.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía correspondiente a cada profesor/a se calculará sumando las correspondientes a los conceptos de participación y desplazamiento:

a) En concepto de participación se abonarán 9,50 euros por día de presencia efectiva durante la fase intensiva de aquellas actividades que se desarrollen en régimen de jornada partida.
En ningún caso dará a lugar a la aplicación de este concepto la participación en actividades que se desarrollen en régimen de jornada continua.
b) En concepto de desplazamiento se financiarán los viajes de ida y vuelta entre el centro de trabajo y la sede de la actividad, a razón de 0,12 euros por cada kilómetro y día de asistencia efectiva al curso.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los profesores-as que se encuentren en activo y que impartan Ciclos Formativos de Formación Profesional, regulados por el Decreto 447/1994, de 22 de noviembre, por el que se establece la ordenación general de las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y por el Decreto 97/1997, de 29 de abril, por el que se establece la regulación del Bachillerato, las enseñanzas de Formación Profesional y las directrices sobre sus títulos y se dispone su implantación y el personal de la Inspección de Educación.
Así mismo, podrán tomar parte el personal adscrito al Instituto Vasco de Cualificaciones y a la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la FP, y a Tknika, Centro de Innovación para la Formación Profesional y el Aprendizaje Permanente y en aquellos cursos en los que así se especifique, los profesores que sin impartir ciclos formativos de Formación Profesional pertenezcan a algunas de las especialidades que en los requisitos específicos del curso se determinen.

Documentos asociados

Boletín: 05/05/2006
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento