Créditos disponibles de la ayuda - Subvenciones del Departamento de Bienestar Social y Familia para entidades.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S06237/12

Norma:

ORDEN BSF/32/2012, de 16 de febrero. RESOLUCIÓN BSF/518/2012, de 20 de marzo. RESOLUCIÓN BSF/917/2013, de 22 de abril. RESOLUCIÓN BSF/1300/2013, de 13 de junio. RESOLUCIÓN BSF/2659/2013, de 12 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para la concesión de subvenciones del Departamento de Bienestar Social y Familia para entidades en el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Bienestar Social y Familia (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe concedido será un porcentaje del coste total de la actividad o proyecto que no podrá superar la cantidad solicitada, teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias y el número de solicitudes presentadas. El importe de la subvención en ningún caso puede superar, aislada o conjuntamente, el coste de la actividad.

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades legalmente constituidas que no tengan ánimo de lucro, salvo que las bases específicas de cada programa establezcan lo contrario, que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Subvenciones a entidades para programas en materia de familia y de lucha contra los maltratos, contra la violencia machista y violencia familiar, y de promoción de las personas mayores activas.

A) Programa de atención a la familia con niños.

A.1. Proyectos y actividades para favorecer el bienestar de las familias con hijos e hijas.

A.2. Proyectos de apoyo a la parentalidad positiva.

A.3. Servicios de Atención a la Familia, dirigido a las familias para acompañarlas en la mejora de su bienestar potenciando la propia capacidad de afrontar y superar cuestiones diversas de comunicación y relación que afectan al ámbito familiar.

A.4. Grupos de ayuda mutua o talleres de apoyo emocional, entendidos como los servicios conducidos por un/a profesional y dirigidos a un grupo de personas con un mismo problema o situación familiar y que se reúnan para compartir experiencias y apoyarse con el fin de conseguir mejorar su situación o lograr cambios personales.

A.5. Proyectos de apoyo y respiro a las familias que atienden a niños.

A.6. Proyectos de atención educativa complementaria 0-3 años, para facilitar la conciliación de la vida familiar, personal y laboral de las familias que los atienden.

B) Programa de lucha contra los maltratos, contra la violencia machista y violencia familiar.

C) Programa de promoción de las personas mayores activas realizados por entidades representativas del sector de las personas mayores de Cataluña.

- Subvenciones a entidades para programas para el colectivo gay, lesbiano y transexual.

- Subvenciones a entidades para programas en materia de infancia y adolescencia.

A) Programa de servicios sociales de centros abiertos.

B) Programas de atención social y educativa ante las situaciones de riesgo.

B.1. Programas de orientación, asesoramiento, y ayuda a la familia, dirigidos a mejorar el entorno familiar y a hacer posible la permanencia del niño o el adolescente.

B.2. Programas de intervención familiar mediante el establecimiento de programas socioeducativos para los progenitores, tutores o guardadores.

B.3. Programas de acompañamiento del niño o el adolescente a los centros educativos o a otras actividades.

C) Programa de lucha contra los maltratos a niños y adolescentes.

D) Programas preventivos de intervención socioeducativa diaria que se lleven a cabo en el marco de los esplais.

E) Programas y actuaciones dirigidos a entidades colaboradoras con el Área de Apoyo a los Jóvenes Tutelados y ex Tutelados.

E.1. Servicio de vivienda y servicios de acompañamiento en viviendas para jóvenes, apoyo educativo, psicológico, jurídico y/o sociolaboral.

E.2. Programas diurnos preventivos para jóvenes que se encuentran en situación de riesgo dirigidos a la integración social y a la normalización en la vida de la comunidad.

F) Programas de promoción y sensibilización de los derechos de los niños y adolescentes.

- Subvenciones a entidades para la realización de programas y actividades de integración social de personas extranjeras inmigradas y catalanas retornadas.

Grupo A. Programas de acogida. Se consideran subvencionables:

A.1. Programas de formación en competencias lingüísticas básicas en lengua catalana.

A.2. Programas de información y formación sobre el entorno social y laboral.

A.3. Programas de acogida y de inclusión residencial para personas en situación de vulnerabilidad social.

Grupo B. Programas de promoción de igualdad de oportunidades. Se consideran subvencionables:

B.1. Programas de formación para la inserción laboral.

B.2. Programas de mejora de la capacidad individual.

Grupo C. Programas de integración. Se consideran subvencionables:

C.1. Programas de fomento de la participación en actividades culturales y de ocio.

C.2. Programas de fomento de la convivencia en los espacios públicos: comunidades de vecinos, barrios y equipamientos públicos.

C.3. Programas de gestión de la pluralidad lingüística, cultural y religiosa.

C.4. Programas de sensibilización de la población sobre el hecho migratorio.

- Subvenciones a las asociaciones juveniles y entidades que ofrecen servicios a la juventud:

Programa A: Subvenciones a las asociaciones juveniles y entidades que ofrecen servicios a la juventud para actividades.

Programa B: Subvenciones para convenios de reconocimiento de la labor asociativa de entidades especialmente relevantes en el tejido asociativo juvenil.

Programa C: Subvenciones para proyectos que realizan las entidades juveniles en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

Subprograma C.1: Proyecto de cooperación al desarrollo.

Subprograma C.2: Proyectos de educación para el desarrollo.

- Subvenciones a entidades para actividades y proyectos de carácter cívico, participación ciudadana y de promoción del voluntariado.

Programa A: Subvenciones a actividades cívicas, comunitarias y de fomento del voluntariado.

Programa B: Subvenciones para llevar a cabo proyectos de carácter cívico, comunitario y de fomento de voluntariado.

- Subvenciones a entidades para el mantenimiento de programas de servicios sociales.

a) Programas de mantenimiento de servicios y establecimientos de servicios sociales definidos en la actual Cartera de Servicios Sociales relativos a servicios especializados de atención a las personas mayores con dependencia o riesgo social, personas con discapacidad, problemática social derivada de enfermedad mental, drogodependencias y/u otras adicciones, afectadas por el virus VIH/SIDA o problemática social y riesgo de exclusión social.

b) Programas de mantenimiento de actividades de apoyo o complementarias vinculadas a la prestación de servicios sociales.

- Subvenciones a entidades para programas en materia de adopción.

A. Programa de coordinación con organismos competentes en materia de adopción internacional.

B. Jornadas, actividades y eventos similares en materia de adopción.

Requisitos:

a) Deben estar legalmente constituidas y estar inscritas en el registro genérico correspondiente. Las bases específicas establecerán los requisitos que puedan considerarse necesarios de inscripción en registros específicos.

b) No haber sido objeto de ninguna resolución firme de carácter sancionador en relación con la prestación del servicio que se subvenciona, o bien haberlo sido y haber transcurrido los plazos previstos legalmente para la prescripción de la sanción.

c) Deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3, 33 y 36.4 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística, en el local, sala, establecimiento o el centro de trabajo donde se preste la actividad o servicio objeto de subvención.

d) Las entidades con un número de 50 personas trabajadoras o más deben cumplir la obligación que establece el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos, de dar ocupación al menos a un 2% de personas trabajadoras con discapacidad sobre el número total de los de la entidad, o de la aplicación de las medidas alternativas de carácter excepcional que regulan el Real decreto 364/2005, de 8 de abril, y el Decreto 246/2000, de 24 de julio.

e) En el caso de entidades con una plantilla igual o superior a 25 personas, deben cumplir la obligación, de acuerdo con los agentes sociales, de utilizar medios para prevenir y detectar casos de acoso sexual y de acoso por razón de sexo, e intervenir, en sus centros de trabajo.

f) No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades solicitantes que incurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 28/02/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6076
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 23/03/2012
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6094
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 02/05/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6367
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento
Boletín: 19/06/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6400
Documento: Convocatoria 2013 (2) Descargar Documento
Boletín: 19/06/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6400
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 19/12/2013
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6525
Documento: Créditos Disponibles. Descargar Documento