Crédito disponible de las Subvenciones destinadas a proyectos de acciones humanitarias y de ayudas de emergencia.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S05800/08

Norma:

Decreto 9/2008, de 22-01-2008. Resolución de 04/04/2014. Resolución de 21/04/2015. Resolución de 10/03/2016. Resolución de 07/11/2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 15 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Conceder subvenciones destinadas a financiar Proyectos de Acciones Humanitarias y de Ayudas de Emergencia.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Bienestar Social (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima a conceder será del 85% del presupuesto aprobado por la Consejería de Bienestar Social. En todo caso la cuantía de la subvención para proyectos de acciones humanitarias y de ayudas de emergencia no excederá de 250.000 euros.

La entidad solicitante deberá acreditar documentalmente la aportación del restante 15% con recursos propios o procedentes de entidades públicas o privadas ajenas a la Junta de Comundades de Castilla-La Mancha.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Entidades privadas sin ánimo de lucro.

Requisitos:

- Estar legalmente constituidas e inscritas formalmente en el Registro de Servicios Sociales de la Consejería de Bienestar Social.
- Gozar de capacidad jurídica y de obrar en España.
- Tener como fines institucionales la realización de actividades relacionadas con la cooperación para el desarrollo y el fomento de la solidaridad entre los pueblos.
- Carecer de finalidad lucrativa.
- Tener su domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.
- Disponer y acreditar documentalmente la existencia de sede en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
- No encontrarse incursas en ninguna de las circunstancias que determinan los apartados 2 y 3 del art. 13 de la Ley General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2008
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 19
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 16/04/2014
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 74
Documento: Crédito Disponible. Descargar Documento
Boletín: 30/04/2015
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 84
Documento: Crédito Disponible. Descargar Documento
Boletín: 16/03/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Convocatoria 2016 (Completo) Descargar Documento
Boletín: 09/11/2016
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 218
Documento: Ampliación del crédito Descargar Documento