Programa 1,5% Cultural del Ministerio de Fomento.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S48619/14

Norma:

Orden FOM/1932/2014, de 30 de septiembre. Resolución de 24 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas para financiar trabajos de conservación o enriquecimiento de bienes inmuebles del Patrimonio Histórico Español, dentro del Programa «1,5% Cultural» del Ministerio de Fomento.

Categorías Subvención

  • Patrimonio Cultural y Arquitectura
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Fomento ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las personas o entidades, públicas o privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad de un inmueble que cumpla con los requisitos establecidos en el artículo siguiente. También podrán obtener dicha condición aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin ánimo de lucro que, si bien no ostenten la titularidad del inmueble, acrediten una cesión de uso a su favor del inmueble por un plazo mínimo de 50 años.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones de conservacion o enriquecimiento del Patrimonio Historico Español, con cargo a los recursos procedentes de las obras publicas financiadas por el Ministerio de Fomento y por la Entidades del sector publico dependientes o vinculadas.

Requisitos:

No podrá obtener la condición de beneficiario como consecuencia de estas bases, los Ministerios de Fomento y Educación, Cultura y Deporte, ni los organismos o entidades públicas adscritas a ellos.

No podrán obtener la condición de beneficiario de las ayudas reguladas en estas bases aquellas personas físicas o jurídicas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Como norma general, será el beneficiario de las ayudas el que asumirá la condición de órgano de contratación de las obras.

Documentos asociados

Boletín: 22/10/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 256
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 27/11/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 287
Documento: Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 01/12/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 290
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento