Subvenciones en materia de consumo, destinadas a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y Leon.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S14900/15

Norma:

ORDEN EYE/246/2015, de 23 de marzo. ORDEN EYE/307/2015, de 13 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de mayo de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La financiación de los gastos que se deriven de la ejecución de las actividades y programas relativos a información, educación y formación de los consumidores y usuarios desarrollados por las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Consumo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención será el 80% del presupuesto solicitado, con un límite de 5.000 € para las actividades de información y un límite de 5.000 € para las actividades de difusión.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León inscritas en el Registro de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Castilla y León en el momento que se publique la correspondiente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Información a los consumidores y usuarios.

b) Difusión de temas en materia de consumo mediante conferencias, ponencias, mesas redondas y jornadas.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario las asociaciones de consumidores y usuarios en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Son obligaciones del beneficiario las establecidas en el artículo 14.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Así, los beneficiarios deberán encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, frente a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma, y frente a la Seguridad Social, debiendo acreditar este extremo mediante la aportación de la correspondiente declaración responsable, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en materia de subvenciones.

Asimismo, los beneficiarios deberán dar la adecuada publicidad del carácter público de la financiación de los gastos objeto de subvención, en los términos que se establezcan en las correspondientes convocatorias.

Documentos asociados

Boletín: 31/03/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 16/04/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 72
Documento: Convocatoria 2015 Descargar Documento
Boletín: 24/04/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 77
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento