Ayudas destinadas a reparar los efectos producidos por la sequia en el ambito de la Comunitat Valenciana.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S01091/15

Norma:

ORDEN 19/2014, de 29 de diciembre. Orden de 25 de marzo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/02/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

A. Facilitar que los titulares de préstamos concedidos, al amparo de la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de explotaciones agrícolas y de primera instalación de agricultores jóvenes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2007-2013 (DOCV 5736, 07.04.2008), formalicen con las entidades financieras que firmen el correspondiente convenio, un nuevo préstamo cuyo importe máximo será igual al importe de capital a amortizar durante las anualidades 2015 y 2016, pudiendo ser sufragado el coste financiero de esta actuación por la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en los términos establecidos en el capítulo II.

B. Sufragar el coste de la bonificación de intereses de los préstamos formalizados con las entidades financieras que firmen el correspondiente convenio, por los titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía 2014, en las condiciones y términos regulados en el capítulo III.

C. Sufragar el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a los titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía 2014, necesarios para la obtención de préstamos de las entidades financieras en las condiciones y términos regulados en el capítulo IV.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Financiación Preferente / Préstamos

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

Consellería de Agricultura, Ganadería, y Pesca. (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Consultar según tipo de actuación subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Autónomos
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) Los titulares de explotaciones agrarias que hayan suscrito un préstamo que se encuentre en período de amortización, concedido en su día en virtud de los convenios de colaboración suscritos con las entidades financieras para la instrumentación de los préstamos para la mejora y modernización de las estructuras de producción de las explotaciones agrarias, en el marco de lo dispuesto en la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de explotaciones agrícolas y de primera instalación de agricultores jóvenes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2007-2013.

B) Los titulares de explotaciones agrarias ubicadas en la Comunitat Valenciana.

C) Los titulares de explotaciones agrarias que vayan a formalizar un préstamo con las entidades financieras colaboradoras, en virtud de lo establecido en la presente orden puntos A) y B) del artículo primero.

Podrán obtener la condición de beneficiarios las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, así como las comunidades de bienes. En todos estos casos deberán hacerse constar expresamente, tanto en la solicitud como en la orden de concesión,
los compromisos asumidos por cada miembro, así como el importe de subvención a aplicar por cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios. Asimismo, se deberá acreditar el nombramiento de un representante de la agrupación, con poderes bastantes para
cumplir con las obligaciones que, como beneficiario, correspondan a la agrupación. En el supuesto de comunidades de bienes, se comprobará con relación a todas las personas integrantes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y en su caso, el cumplimiento de sus obligaciones con la seguridad social.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A. Facilitar que los titulares de préstamos concedidos, al amparo de la Orden de 25 de marzo de 2008, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones en materia de modernización de explotaciones agrícolas y de primera instalación de agricultores jóvenes, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de la Comunitat Valenciana 2007-2013 (DOCV 5736, 07.04.2008), formalicen con las entidades financieras que firmen el correspondiente convenio, un nuevo préstamo cuyo importe máximo será igual al importe de capital a amortizar durante las anualidades 2015 y 2016, pudiendo ser sufragado el coste financiero de esta actuación por la Consellería de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua en los términos establecidos en el capítulo II.

B. Sufragar el coste de la bonificación de intereses de los préstamos formalizados con las entidades financieras que firmen el correspondiente convenio, por los titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía 2014, en las condiciones y términos regulados en el capítulo III.

C. Sufragar el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a los titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía 2014, necesarios para la obtención de préstamos de las entidades financieras en las condiciones y términos regulados en el capítulo IV.

Documentos asociados

Boletín: 07/04/2008
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 5736
Documento: Orden de 25 de marzo de 2008. Descargar Documento
Boletín: 09/01/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7439
Documento: Bases y Convocatoria 2015. Descargar Documento
Boletín: 02/02/2015
DOGV Diario Oficial de la Generalitat Valenciana- Nº 7456
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento