Corrección de errores de la ayuda - Subvenciones para promover la cultura de defensa, fomentando el conocimiento de la defensa como elemento esencial para garantizar la seguridad de España y de los españoles.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S44182/12

Norma:

Orden DEF/2685/2012, de 10 de diciembre. Orden DEF/3557/2008, de 3 de diciembre. Orden DEF/2428/2013, de 29 de noviembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/01/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Publicar las normas de procedimiento para la solicitud de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades de fomento y difusión de la cultura de defensa, que promuevan el conocimiento de la Defensa como elemento esencial para garantizar la seguridad y el bienestar de España y de los españoles.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Defensa ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

a) Organismos públicos, entidades públicas y fundaciones del sector público vinculadas o dependientes de las administraciones públicas españolas, que carezcan de ánimo de lucro. Se excluyen las unidades, centros y organismos con dependencia orgánica del Ministerio de Defensa.

b) Entidades privadas sin ánimo de lucro de nacionalidad española.

c) Las personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Promover el fomento y difusión de la cultura de defensa y mejorar el conocimiento de las misiones de las Fuerzas Armadas, con el fin de que la sociedad española conozca, valore y se identifique con el esfuerzo solidario mediante el que aquéllas salvaguardan los intereses nacionales.

Esta convocatoria se destina a los proyectos o actividades que se realicen desde el 1 de enero hasta el 30 de noviembre de 2014.

Requisitos:

a) No encontrarse incurso 7en ninguna de las exclusiones contempladas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.

b) Estar al corriente en sus obligaciones tributarias, con la Seguridad Social, y en las
obligaciones por reintegro de subvenciones, de conformidad con los criterios detallados en los artículos 18, 19, 20 y 21 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la LGS.

c) Las personas jurídicas, públicas o privadas, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el registro público correspondiente, en la fecha en que se presente la solicitud, debiendo acreditarlo como se especifica en el apartado 2.1 «Documentación administrativa».

Documentos asociados

Boletín: 09/12/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 296
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 17/12/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 302
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 27/12/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 310
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 10/02/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 35
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento