Ayudas para la adquisicion de material de transmisiones y posicionamiento para las agrupaciones de defensa forestal.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S05773/14

Norma:

ORDEN AAM/29/2014, de 7 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/03/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar las ayudas destinadas a la adquisición de material para las Agrupaciones de Defensa Forestal.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

- El importe de la ayuda no puede ser superior a 2.600,00 euros por municipio de alto riesgo de incendio forestal integrante de la ADF, entiendiendo por municipios de alto riesgo los que establece el Decreto 64/1995 o el Plan INFOCAT 2003, en su anexo 1 punto A1.1.

- El importe máximo por ADF será la suma de los importes máximos por municipios de alto riesgo de incendio forestal integrantes de la ADF, sin poder superar el umbral de los 12.000,00 euros por ADF.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas

Detalle beneficiarios:

Las Agrupaciones de Defensa Forestal.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Todo material que reciba algún tipo de subvención regulada en estas bases, ya sea en su totalidad o con cofinanciación, debe ser propiedad de la ADF, utilizado únicamente y exclusivamente para finalidades de la ADF y solo para miembros de una ADF que no reciban ninguna remuneración por la utilización de este material.

b) Los vehículos donde se instalen equipos deben estar pintados de color amarillo (RAL 1023) e identificados.

Esta identificación se realizará únicamente con escudos, símbolos o distintivos propios de las ADF. La instalación de equipos en cualquier otro vehículo que no cumpla los requisitos anteriores debe tener la autorización expresa y escrita del director general del Medio Natural y Biodiversidad.

Requisitos:

a) Deben estar legalmente constituidas e inscritas en el registro de ADF de la Dirección General del Medio Natural y Biodiversidad del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural, y tener la composición de la Junta Directiva actualizada en el mencionado registro.

b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, ni las que impiden tener la condición de persona beneficiaria en el Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por la que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

Documentos asociados

Boletín: 18/02/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6564
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín: 11/03/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6579
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento