Corrección de errores de la ayuda - Ayudas Erasmus.es, financiadas por el Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte, en el marco del Programa Erasmus+ , para la movilidad de estudiantes de instituciones de educacion superior y se aprueba la convocatoria en concurrencia competitiva correspondiente al curso academico 2014-2015.
Código de ayuda:
S12464/14Norma:
Orden ECD/527/2014, de 1 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/04/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
Regular el procedimiento para la concesión de ayudas de movilidad Erasmus.es, financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (MECD) a estudiantes de instituciones de educación superior que hayan firmado la Carta Erasmus de Educación Superior del periodo 2014-2020 publicada en el «Diario Oficial de la Unión Europea» de 23 de marzo de 2013, para realizar una parte de sus estudios en centros europeos de Educación Superior.Categorías Subvención
Becas
Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas tendrán la siguiente cuantía, en función de los grupos de países determinados en el Programa «Erasmus+»:a) 300 euros/mes para un país de destino de Grupo 3.
b) 350 euros/mes para un país de destino de Grupo 2.
c) 400 euros/mes para un país de destino de Grupo 1.
El listado de los países por cada uno de los tres grupos se puede consultar en la guía del Programa «Erasmus+» en el siguiente enlace de la Comisión Europea:
http://ec.europa.eu/programmes/erasmus-plus/documents/erasmus-plus-programme-guide_en.pdf
En el caso de que el beneficiario haya disfrutado de una beca o ayuda del Sistema General de Becas y Ayudas al estudio concedidas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, durante el curso 2013/2014, la cuantía se incrementará en la cantidad de 100 euros/mes.
En el supuesto de las movilidades para prácticas, las cuantías se incrementarán en la cantidad de 100 euros/mes, incompatible con la cantidad de 100 euros adicional para estudiantes que hayan sido beneficiarios de una beca o ayuda del sistema general de becas y ayudas al estudio según lo descrito en el apartado 3.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los estudiantes de instituciones de educación superior, que hayan hecho efectivos los derechos de matrícula en la institución de origen, siempre que estas instituciones participen también en la convocatoria de ayudas de movilidad de las personas por motivos de aprendizaje (KA1) de Erasmus+ gestionada por el Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos y suscriban el correspondiente convenio con este organismo en el presente año.Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar la condición de residentes, quedando excluidos de ser beneficiarios de las ayudas quienes se encuentren en situación de estancia o residencia por estudios, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La movilidad de estudiantes de instituciones de educacion superior.Requisitos:
Antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes los beneficiarios deberán cumplir, además de los requisitos de la convocatoria de Programa «Erasmus+», los siguientes:a) Acreditar un nivel B2 o equivalente en el idioma en el que se va a impartir y recibir la docencia en la universidad o centro de educación superior de destino o en el que se realicen las prácticas, según conste en el convenio de intercambio o en un certificado expedido por la universidad de destino. Se acreditará el dominio de la lengua con un Certificado de Nivel Avanzado, un Certificado de Aptitud de Escuelas Oficiales de Idiomas de la lengua extranjera correspondiente, o con los certificados reconocidos por las Mesas Lingüísticas de la CRUE (http://www.acreditacion.crue.org/Paginas/Mesas/Mesas-Linguisticas.aspx) y el listado reconocido por la Asociación de Centros de Lenguas en la Enseñanza Superior (ACLES) (http://www.acles.es/acreditacion/), que acrediten las competencias que correspondan con un nivel B2 o superior del Marco Común Europeo de Referencia de las Lenguas.
b) En el caso de las movilidades correspondientes a enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior, de enseñanzas artísticas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y de enseñanzas deportivas de grado superior, con carácter excepcional, el requisito exigido en el párrafo anterior podrá ser suplido por una certificación del centro educativo de origen en el que se acredite que el alumno ha adquirido las competencias de comunicación en lengua extranjera necesarias y suficientes para garantizar el éxito de la estancia formativa o en prácticas en el país de que se trate. En todo caso, para obtener dicha certificación el alumno deberá ser evaluado sobre las referidas competencias por el departamento didáctico de idioma moderno de su centro de origen.
c) En el caso de los estudios oficiales de Grado, debe acreditarse la superación de 60 créditos ECTS de los estudios que se estén cursando y en el ámbito de los cuales se solicita la ayuda, en el momento de solicitarla.
Documentos asociados
Boletín:
03/04/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
Documento: Bases y Convocatoria 2014/2015. Descargar Documento
Boletín:
04/04/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 82
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento