Convocatoria pública de subvenciones a entidades deportivas sin ánimo de lucro que organicen actos deportivos de especial relevancia en el municipio de Madrid durante el año 2006.
Código de ayuda:
S28082/06Norma:
Decreto de 18 de julio de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 24/08/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de las subvenciones lo constituye la celebración de actividades deportivas de especial relevancia, tales como Campeonatos del Mundo, Campeonatos de Europa, Copas del Mundo o pruebas integradas en algún circuito de Grandes Premios de las diferentes Federaciones Internacionales, en el municipio de Madrid.Con este fin, se convoca la adjudicación de las ayudas económicas que, durante el año 2006, la Vicealcaldía concederá, en régimen de concurrencia competitiva a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actos deportivos en el término municipal de Madrid que coadyuven o complementen los diversos programas de actuación deportiva del Ayuntamiento en esta materia, presentándose una solicitud por cada prueba.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Madrid (Comunidad de Madrid)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar estas ayudas las entidades siguientes:— Las Federaciones Deportivas Españolas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes.
— Las Federaciones Deportivas Madrileñas adscritas a las Federaciones Deportivas Españolas.
— Otras entidades sin ánimo de lucro que por delegación de la Federación correspondiente organicen actos deportivos que cumplan con lo especificado en el articulado de esta convocatoria.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran subvencionables los gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y que cumplan los siguientes requisitos:a) Que se realicen dentro de los seis meses anteriores a la celebración del acto.
b) Que se acrediten mediante la expedición de las facturas y/o justificantes de gasto.
Los gastos financieros, los gastos de asesoría jurídica o financiera, los gastos notariales, registrales, los gastos periciales para la realización del proyecto subvencionado y los de administración específicos
serán subvencionables si están directamente relacionados con el acto subvencionado y son indispensables para la adecuada preparación o ejecución del mismo. Asimismo, se consideran subvencionables los gastos de garantía bancaria.
Requisitos:
No se podrá solicitar ayuda para la realización de actos deportivos que cuenten con un convenio de patrocinio específico, suscrito entre la entidad organizadora y el Ayuntamiento de Madrid.Documentos asociados
Boletín:
09/08/2006
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 188
Documento: Bases, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 188
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