Convocatoria plurianual 2019 de ayudas de los Grupos de Acción Local para el desarrollo de las operaciones previstas en sus Estrategias de Desarrollo Rural Participativo (FEADER, PDR 2014-2020 Principado de Asturias).

Código de ayuda:

S01528/18

Norma:

Resolución de 21 de diciembre de 2017. Resolución de 20 de octubre de 2017. Resolución de 29 de noviembre de 2018. Resolución de 4 de abril de 2019. Resolución de 12 de febrero de 2020.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de enero de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la presente convocatoria es regular las condiciones para la concesión en régimen de concurrencia competitiva durante el ejercicio de 2018, de las ayudas previstas en la Resolución de 20 de octubre de 2017 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas recogidas en la Submedida M19.2 del Programa de Desarrollo Rural 2014-2020.

Las referidas ayudas están dirigidas a la financiación de operaciones desarrolladas en el ámbito de actuación como colaboradores de la administración del Principado de Asturias de los Grupos de Acción Local, llevadas a cabo por personas de carácter público o privado. Estas operaciones deben adecuarse a las Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP), elaboradas por los Grupos de Acción Local y seleccionadas por Resolución de 5 de mayo de 2016 de la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales. Las medidas objeto de esta convocatoria son las previstas en las bases reguladoras rectoras de esta convocatoria, descritas en las bases séptima, octava, novena, décima, undécima, y duodécima. Estas son, agrupadas en las dos categorías de Submedidas productivas y Submedidas no productivas, de acuerdo con lo organizado en la base cuarta de las referidas bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Desarrollo Rural

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales (Principado de Asturias)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Con carácter general tendrá la consideración de beneficiario de la ayuda, la persona física o jurídica destinataria de los fondos públicos que haya de realizar la actividad o proyecto que fundamentó su otorgamiento o que se encuentra en la situación que legitima su concesión, y que cumpla los requisitos establecidos para cada una de las medidas y submedidas en la bases reguladoras rectoras de esta convocatoria.

En particular podrán ser beneficiarios de ayuda las personas, físicas o jurídicas, que cumplan lo establecido en la base quinta de las bases reguladoras, condicionado a las limitaciones de admisibilidad establecidas para cada Grupo, en su anexo correspondiente de la presente convocatoria, en relación con las diferentes medidas reseñadas en las mismas.

Documentos asociados

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