Convocatoria para participar en el desarrollo de las actividades del programa Irale no ejecutadas directamente por este Departamento, que se celebraran durante el verano de 2011 y el curso escolar 2011-2012.

Código de ayuda:

S32464/11

Norma:

ORDEN de 17 de mayo de 2011. ORDEN de 28 de enero de 1994.

Plazo de Solicitud:

a) Cursos fuera del horario lectivo: hasta 06/07/11. b) Actividades asesoras: del 12 al 30/09/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La participación de las asociaciones de enseñanza ajenas al Departamento de Educación, Universidades e Investigación en la realización de las actividades del programa Irale durante el verano de 2011 y el curso escolar 2011- 2012.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Aquellas entidades con personalidad jurídica propia que realicen cursos de enseñanza, perfeccionamiento
idiomático, formación sociolingüística o capacitación glotodidáctica del profesorado o, en general,
de adultos. Concretamente:

a) Todos los euskaltegis o centros de capacitación idiomática, excepto los propios centros de capacitación
idiomática del programa IRALE, que se hallen inscritos en el correspondiente registro del Instituto
Autónomo HABE.

b) Centros universitarios o entidades de asesoramiento lingüístico con experiencia contrastada en el
área de la formación idiomática, sociolingüística o glotodidáctica del profesorado que, cumpliendo los
requisitos de esta convocatoria, coadyuven a la correcta ejecución del programa Irale en alguna de las
modalidades formativas fijadas por dicho programa para el verano 2011 y curso escolar 2011- 2012.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La participación de las asociaciones de enseñanza ajenas al Departamento en cursos que se impartirán, por un lado, fuera del horario lectivo y, en su caso, en la modalidad R (previsiblemente R300) que se impartirá en Eibar o entorno.

Las actividades asesoras que, en su caso, se puedan generar en relación a las modalidades R500 y R700 a
impartir durante el periodo enero- junio de 2012.

Requisitos:

a) No podrán concurrir, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, a las convocatorias
de las subvenciones y ayudas reguladas en esta Orden, las personas o entidades sancionadas penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o que estén incursas en prohibición legal que las inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan
producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

b) Facilitar el certificado extendido por la Diputación Foral o Hacienda Pública correspondiente, acreditativo
de que el centro privado o de iniciativa social se encuentra al corriente en los pagos de los impuestos
correspondientes, así como el certificado de estar al corriente de los pagos en la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 11/02/1994
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 29
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 06/06/2011
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 106
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento