Convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Código de ayuda:

S37946/18

Norma:

Resolución de 4 de julio de 2018. Resolución de 16 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 24 de junio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Resolución tiene por objeto seleccionar, en régimen de concurrencia competitiva, operaciones que recibirán cofinanciación del Fondo Social Europeo y de la Iniciativa de Empleo Juvenil, según corresponda, sin la intervención de un organismo intermedio, en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo
  • Juventud

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Dirección General de Migraciones ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y, por tanto, tener la posibilidad de acceder a la condición de beneficiario de la ayuda del Fondo Social Europeo y de la Iniciativa de Empleo Juvenil correspondiente a las operaciones seleccionadas en virtud de la presente Resolución, las asociaciones y las fundaciones no vinculadas a entidades con ánimo de lucro, las instituciones humanitarias de carácter voluntario y de interés público y los organismos de beneficencia pública y promoción social, así como las federaciones, confederaciones y los
miembros confederados de cualquiera de las anteriores, siempre que reúnan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La integración sostenible en el mercado de trabajo de los jóvenes, en particular de aquellos sin trabajo y no integrados en los sistemas de educación o formación, así como los jóvenes que corren el riesgo de sufrir exclusión social y los procedentes de comunidades marginadas, también a través de la aplicación de la Garantía Juvenil.

Requisitos:

a. Tener unos fines institucionales adecuados para la realización de actividades que se correspondan con la prioridad de inversión señalada en el artículo 3.1

b. Carecer de fines de lucro.

c. Tener ámbito de actuación estatal, según título constitutivo.

d. Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.

e. Disponer de sedes permanentes, propias o de sus federaciones, confederaciones o miembros confederados, en, al menos, una Comunidad Autónoma o Ciudad Autónoma de cada una de las categorías de región que se señalan a continuación, y contar con recursos humanos en cada una de estas sedes:

Categorías de región

Más desarrolladas: Aragón, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, La Rioja, Madrid, Navarra, País Vasco, Asturias, Ceuta y Galicia.

Transición: Andalucía, Canarias, Castilla-La Mancha, Melilla, Región de Murcia.

Menos desarrolladas: Extremadura.

f. Disponer de capacidad económica y financiera suficiente para garantizar la ejecución de las actuaciones previstas en el proyecto o los proyectos presentados, entendiéndose por tal contar con un presupuesto ejecutado en el ejercicio precedente superior a una quinta parte de la suma del coste total de todos los proyectos solicitados, y disponer de compromisos de cofinanciación suficientes para cubrir la parte de la cofinanciación nacional de cada proyecto presentado.

g. Disponer de la estructura y la capacidad suficientes para garantizar el cumplimiento de los objetivos del proyecto.

Documentos asociados

Boletín: 17/07/2018
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 172
Documento: Bases, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/04/2019
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 97
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento