Convocatoria para la concesion de subvenciones publicas destinadas a la realizacion de acciones complementarias y de acompañamiento a la Formacion Profesional Continua en la Comunidad de Castilla y Leon en 2007, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo (Código REAY ECL001).
Código de ayuda:
S63028/07Norma:
RESOLUCION de 12 de septiembre de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/10/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente resolución tiene por objeto la aprobación de la convocatoria de subvenciones destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden TAS/2782/2004, de 30 de julio. («B.O.E.» de 16 de agosto).Los proyectos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad el desarrollo de acciones de investigación y prospección del mercado de trabajo para anticiparse a los cambios de los sistemas
productivos, el análisis de la repercusión de la formación continua en la competitividad de las empresas y en la cualificación de los trabajadores, la elaboración de productos y herramientas innovadoras relacionados con la formación continua y la determinación de las necesidades de formación precisas para coadyuvar al progreso económico de los sectores productivos en el conjunto de la economía de Castilla y León.
Los proyectos financiados por esta convocatoria deberán estar destinados a la mejora y eficacia de la formación continua de los trabajadores ocupados, no pudiendo dirigirse especialmente al ámbito de los trabajadores de la Administración Pública.
El plazo de ejecución de las acciones complementarias y de acompañamiento a la formación que se financien con cargo a esta convocatoria finaliza el 30 de junio de 2008.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de las subvenciones las empresas, entidades u organizaciones que se encuentren inscritas en la Seguridad Social, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación continua, y que observando las bases y criterios establecidos, se ajusten a las modalidades de acciones financiables y requisitos que regula la presente convocatoria.No podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las Administraciones Públicas.
No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las causas del artículo 13.2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los siguientes tipos de acciones:a) Acciones de estudio e investigación. Tendrán por objeto la realización de análisis de los factores que estructuran la demanda de formación continua del sistema productivo, con el fin de anticiparse a los cambios en las cualificaciones profesionales. Asimismo, estas acciones tendrán entre sus fines principales conocer las necesidades formativas de los trabajadores con mayor dificultad de acceso a la formación y de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Castilla y León.
b) Acciones destinadas a la elaboración y experimentación de productos, técnicas y/o herramientas de carácter innovador para mejorar los sistemas pedagógicos u organizativos de la formación para el empleo. Tendrán especial consideración las acciones referidas a herramientas de carácter informático.
c) Acciones de evaluación de la formación continua. Tendrán por objeto la realización de procesos de evaluación de la formación continua y el desarrollo de procedimientos y técnicas de evaluación para que puedan ser aplicados por quienes participan y gestionan la formación en Castilla y León con el fin de mejorar su calidad.
d) Acciones de promoción y difusión destinadas a generar, en Castilla y León, redes de conocimiento generalizado de la formación continua mediante centros virtuales de trabajo, bases documentales de
consulta, foros de discusión en línea o presenciales, guías de buenas prácticas y cualquier otra medida que favorezca la promoción y difusión de estudios, herramientas y productos de formación continua entre las empresas, las organizaciones empresariales y sindicales y los distintos agentes que participan en la formación en Castilla y León, así como la promoción de agrupaciones de pequeñas y medianas empresas para la organización y gestión de sus programas de formación en nuestra Comunidad Autónoma. Las
acciones de difusión no podrán preverse con acceso restringido para una entidad, o entidades concretas.
Estas acciones deberán dirigirse a materias o temáticas que tengan especial interés o relevancia en el ámbito de la formación para el empleo en Castilla y León, de acuerdo con los criterios establecidos en el Anexo V.
Las entidades no podrán solicitar más de cuatro acciones. De igual forma y con independencia del número de proyectos en los que actúe como solicitante, una misma entidad no podrá proponer su colaboración
como participante en más de tres solicitudes en esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
25/09/2007
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 187
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 187
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