Convocatoria para la concesion de subvenciones del programa de Fomento de Empleo "Iniciativas de Desarrollo Rural".

Código de ayuda:

S22846/10

Norma:

Resolución de 30 de marzo de 2010. Orden de 11 de diciembre de 2009.

Plazo de Solicitud:

Subprograma 1.1: hasta el 27 de abril de 2010. Subprograma 1.2: hasta el 10 de mayo de 2010.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Combatir el desempleo agrícola garantizando un complemento de renta a través de la distribución del empleo disponible y propiciando la inserción laboral de estos trabajadores en actividades emergentes del sector agrario mediante la realización de una serie de actuaciones que contribuyan, además, a la puesta en valor y al desarrollo endógeno de las áreas rurales más deprimidas de la Región de Murcia.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Desarrollo Rural
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones que se otorguen podrán atender total o parcialmente los importes económicos solicitados, y/o condicionarse a la modificación del proyecto presentado respecto del interés general o social de las obras o servicios a desarrollar, el número de los desempleados a contratar y, en general, respecto de cualquier circunstancia que a juicio del SEF se considere conveniente para conseguir un adecuado equilibrio territorial, con especial atención al desempleo de las distintas zonas, y la mayor eficiencia de las actuaciones contempladas, globalmente consideradas.

En el caso de que la subvención propuesta no cubra la totalidad de la solicitud, y/o se condicione a la modificación del proyecto presentado, se notificará a la entidad solicitante de forma detallada dicha circunstancia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Para el Subprograma 1.1, las Corporaciones Locales de la Región de Murcia, incluidas en los Consejos Comarcales de Empleo a que hace referencia el artículo 11 de la Orden de bases, que contraten trabajadores desempleados para la ejecución de obras o servicios de interés general y social en el ámbito de la colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación.

Para el Subprograma 1.2, las Organizaciones Sindicales que forman parte de los Órganos de participación institucional regulados en el artículo 25. c) del Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al programa de fomento de empleo agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas. En todo caso se exigirá que tengan su sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia y que sus estatutos se encuentren inscritos en el registro correspondiente dentro del plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En el Subprograma 1.1. “Contratación temporal de desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social”, la subvención que se conceda:

a) Sufragará los costes salariales totales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, en la misma cantidad que la fijada para el salario según Convenio Colectivo vigente, porcada trabajador desempleado contratado, preferentemente eventual agrario, inscrito en la correspondiente Oficina de Empleo del SEF.

b) Para su cálculo, se entenderá por Convenio Colectivo de aplicación el vigente en el momento de realizar la solicitud y como coste salarial las percepciones económicas de los trabajadores por la prestación de sus servicios, excluidas las indemnizaciones o suplidos por los gastos realizados como consecuencia de su actividad laboral.


En el Subprograma 1.2. “Seguimiento de la ejecución y la evaluación de resultados”, las tareas de seguimiento de la ejecución y la evaluación de los resultados de las obras y servicios de interés general y social subvencionadas por el Servicio Regional de Empleo y Formación y por el Servicio Público de Empleo Estatal, realizadas por las Centrales Sindicales que forman parte de los Órganos de participación institucional regulados en el Real Decreto 939/1997 ya mencionado anteriormente.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia. Estarán exceptuadas de la obligación de acreditación de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las administraciones públicas, así como los organismos, entidades públicas y fundaciones del sector público dependientes de aquéllas.

b) Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones económicas ante la Tesorería General de la Seguridad Social.

d) No estar incurso en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los requisitos enumerados serán exigibles, en todo caso, en el momento de la propuesta de concesión de la subvención.

Documentos asociados

Boletín: 16/12/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 289
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/04/2010
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 80
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento