Convocatoria para la concesion de subvenciones a fundaciones en el ambito de la justicia.
Código de ayuda:
S51619/07Norma:
RESOLUCION de 31 de mayo de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/07/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene como objeto la aprobación de la convocatoria para el año 2007 de subvenciones destinadas a la financiación de congresos, seminarios, jornadas, cursos, simposios u otras actividades de carácter similar, de ámbito nacional o superior al de una Comunidad Autónoma, relacionadascon la Administración de Justicia y con los problemas de la organización judicial, tanto en el ámbito nacional como internacional, sus causas y posibles soluciones, que tengan lugar exclusivamente durante el ejercicio presupuestario 2007, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden JUS/637/2007, de 28 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones a fundaciones en el ámbito de la Justicia, y de conformidad con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Las actividades objeto de financiación persiguen contribuir a la consecución de una Justicia independiente, que garantice las libertades públicas y los derechos de los ciudadanos ante la misma, así como mejorar la eficacia, la eficiencia y la calidad en el servicio público de la Justicia.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Justicia ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar subvenciones las fundaciones que reúnan los siguientes requisitos:a) Que su fin sea la realización de actividades relacionadas con la Administración de Justicia y la organización judicial.
b) Que su actividad se desarrolle en el territorio del Estado o en un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.
c) Que estén inscritas en el Registro de fundaciones correspondiente con una anterioridad de, al menos, dos años a la fecha en que surta efecto esta convocatoria.
d) Que dispongan de los medios materiales y humanos que las capaciten para llevar a cabo la actividad objeto de la solicitud de subvención.
Documentos asociados
Boletín:
20/06/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 147
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 147
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