Convocatoria para el curso 2007-2008 de renovacion de ayudas concedidas dentro del Programa de Ayudas Posdoctorales de Incorporacion de Doctores a la CAPV.
Código de ayuda:
S60982/07Norma:
ORDEN de 19 de junio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/10/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar la renovación de ayudas concedidas dentro de los Programas de Ayudas Posdoctorales de Incorporación a la CAPV (modalidad E) correspondientes al curso 2007-2008.Las bases reguladoras de este programa serán las que figuran en el anexo I de esta Orden.
Así mismo, se aprueba la línea de Ayudas Paralelas recogida en el anexo II de esta Orden.
Estas ayudas tienen como finalidad compensar los gastos generados por el desarrollo de los proyectos de
investigación de los beneficiarios de las ayudas de esta convocatoria en los Centros de Aplicación de los renovantes de este programa.
Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Formación
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Estas ayudas están destinadas a los Centros de Aplicación de los renovantes de las ayudas posdoctorales de incorporación a la CAPV.Podrán solicitar la Segunda Renovación aquellos que actualmente estén disfrutando de la primera renovación de la ayuda posdoctoral de incorporación de Doctores a la CAPV.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Esta ayuda cubrirá un periodo máximo de un año y se destinará a renovar por dicho periodo el contrato de obra o servicio determinado firmado con el Centro de Aplicación en el año 2006.- La dotación total de la ayuda será de 33.609,00 euros anuales, quedando establecida la retribución mínima bruta anual en 24.750,00 euros anuales.
- Los Centros de Aplicación de los renovantes posdoctorales de incorporación a la CAPV recibirán la dotación total de la ayuda correspondiente a cada uno de ellos una vez haya recibido la Dirección de Política Científica las copias de las renovaciones de los contratos y las declaraciones responsables de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como en el pago de obligaciones por reintegro.
AYUDAS PARALELAS A CENTROS DE APLICACIÓN:
- Las ayudas paralelas serán de 3.285,00 euros por cada renovante.
– La ayuda paralela se pagará al Centro de Aplicación.
– Como criterio general, estas ayudas están destinadas a la adquisición de material fungible y la bibliografía necesaria para el desarrollo del proyecto de investigación del renovante. Asimismo, podrán financiarse con cargo a esta ayuda los gastos derivados del desplazamiento y manutención del renovante a otros centros, congresos, laboratorios o bibliotecas, siempre y cuando el renovante tenga la autorización del Centro de Aplicación. Cualquier otro tipo de gasto deberá ser previamente autorizado por la Dirección de Política Científica.
Requisitos:
Podrán recibir ayudas paralelas aquellos centros cuyos renovantes permanezcan en activo el día 1 de marzo de 2008.Los centros cuyos renovantes hayan finalizado su renovación en fecha anterior a la arriba indicada no tendrán derecho a percibir ayuda (proporcional) alguna.
Documentos asociados
Boletín:
03/09/2007
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 169
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento