Convocatoria para el año 2007 de subvenciones destinadas a entidades sin animo de lucro de la Comunidad de Madrid para la realizacion de actuaciones de promocion deportiva sobre colectivos especificos.

Código de ayuda:

S44273/07

Norma:

ORDEN 701/2007/00, de 26 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 20/06/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras que rigen la convocatoria de ayudas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad deMadrid, para la elaboración, redacción y/o ejecución de planes, programas, proyectos,
estudios o investigaciones que promuevan y favorezcan el acercamiento y asequibilidad de la práctica de actividades físicas y deportivas a colectivos concretos: Inmigrantes, personas mayores, mujeres, discapacitados y otros colectivos específicos, a los que la práctica de actividades físicas y deportivas les reporte beneficios de salud, tanto física como psicológica, sociales, educativos, de integración, etcétera.

Se considerarán fuera del objeto de la convocatoria aquellas actividades genéricas o concretas de las entidades destinatarias de las ayudas, en las cuales no se constate que existe, sin ninguna duda, una relación directa y manifiesta entre el proyecto subvencionado y un incremento o mejora en el acceso a la práctica física o deportiva de los beneficiarios últimos.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Cultura y Deportes (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta Orden las entidades sin ánimo de lucro de la Comunidad deMadrid que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro autonómico o nacional correspondiente con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de finalización de presentación de solicitudes. Se acreditará con la presentación de los Estatutos con la inscripción correspondiente.
b) En el caso de que la entidad sea una asociación, deberá haber formalizado sus Estatutos de conformidad con la Ley 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación, o, en su caso, haber efectuado la oportuna adaptación de los mismos.
Dicho extremo se acreditará mediante copia de los Estatutos debidamente inscritos.
c) No estar incurso en alguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto se suscribirá declaración responsable.
d) Tener alguna sede en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Se acreditará con la presentación de los Estatutos y sus modificaciones, en su caso.
Los requisitos deberán mantenerse hasta la fecha de justificación de la subvención.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán ser objeto de subvención los gastos corrientes correspondientes a actividades que estén relacionadas de forma directa con los objetivos debidamente especificados del programa presentado por la entidad. Aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.

Las actuaciones citadas en los apartados anteriores deberán desarrollarse en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2006 y el 30 de septiembre de 2007.

Documentos asociados

Boletín: 21/05/2007
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 119
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento