Convocatoria del año 2007, para la concesion de las ayudas a Acciones Complementarias de Cooperacion Internacional del Programa de Fomento de la Investigacion Tecnica dentro del Plan Nacional de Investigacion Cientifica, Desarrollo e Innovacion Tecnologica (2004-2007), en la parte dedicada al Fomento de la Investigacion Tecnica.
Código de ayuda:
S27037/07Norma:
ORDEN ITC/669/2007, de 15 de marzo. Orden PRE/402/2006 de 16 de febrero. Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 20/04/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
Mediante la presente orden se realiza la convocatoria para el año 2007 de las ayudas correspondientes a las Secciones, Programas, Subprogramas y Acciones Estratégicas que se enuncian a continuación siguiendo la relación establecida en el apartado segundo.2 de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo de 2005, por la que se regulan las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de InvestigaciónCientífica, Desarrollo e Innovación tecnológica (I+D+I 2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica, modificada por la Orden PRE/402/2006 de 16 de febrero y por la que se regirán las citadas ayudas:
Sección 1.ª Programa Nacional de Biomedicina: Subprograma Nacional de Investigación Farmacéutica en descubrimiento, desarrollo y evaluación de medicamentos.
Sección 2.ª Programa Nacional de Tecnologías para la Salud y el Bienestar: Subprograma Nacional de Tecnologías Sanitarias e Investigación en productos sanitarios.
Sección 3.ª Programa Nacional de Biotecnología.
Sección 4.ª Programa Nacional de Recursos y Tecnologías Agroalimentarias.
Sección 5.ª Programa Nacional de Ciencias y Tecnologías Medioambientales:
Subprograma Nacional de ciencias y tecnologías marinas.
Subprograma Nacional de tecnologías para la gestión sostenible medioambiental.
Sección 7.ª Programa Nacional de Ciencias y Tecnologías Químicas:
Subprograma de Investigación Química orientada.
Sección 8.ª Programa Nacional de Materiales.
Sección 9.ª Programa Nacional de Diseño y Producción Industrial:
Prioridades temáticas multidisciplinares.
Subprograma Nacional de bienes de equipo.
Subprograma Nacional de modernización de los sectores tradicionales.
Acción Estratégica de Sistemas Complejos.
Sección 14.ª Programa Nacional de Medios de transporte:
Subprograma Nacional de Automoción.
Subprograma Nacional Marítimo.
Subprograma Nacional Ferroviario.
Subprograma Nacional Transmodal.
Sección 15.ª Programa Nacional de Construcción.
Sección 16.ª Programa Nacional de Seguridad.
Sección 17.ª Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas.
Sección 18.ª Acción Estratégica de Tecnologías Turísticas.
Sección 19.ª Acción Estratégica de Nanociencia y Nanotecnología.
Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Industria, y Comercio ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
En las Secciones enunciadas en el apartado primero de esta orden, con la excepción del Programa Nacional de Ciencias Sociales, Económicas y Jurídicas, podrán ser beneficiarios de las ayudas, ateniéndose a los conceptos dados para cada categoría del apartado sexto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, los que se relacionan a continuación:a) Empresas.
b) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro no universitarios.
c) Centros Tecnológicos, que actúen exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación.
d) Entidades de derecho público distintas de los Centros Públicos de I+D, de acuerdo a la categorización que de estos últimos hace la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, y exclusivamente en acciones complementarias.
e) Agrupaciones o asociaciones empresariales.
Las microempresas, de acuerdo a la definición contemplada en el apartado sexto 1.a) de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, sólo podrán ser beneficiarias de ayudas para proyectos que se realicen bajo la modalidad de cooperación.
En el Programa Nacional de Ciencias Sociales Económicas y Jurídicas podrán ser beneficiarios de las ayudas, ateniéndose a los conceptos dados para cada categoría en el apartado sexto de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas, los que se relacionan a continuación:
a) Centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro no universitarios.
b) Entidades de derecho público distintas de los Centros Públicos de I+D, de acuerdo a la categorización que de estos últimos hace la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
c) Asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro a las que se refiere la letra g) del apartado sexto.1 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.
d) Centros Tecnológicos, que actúen exclusivamente como participantes en un proyecto en cooperación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se consideran subvencionables los conceptos recogidos en el apartado duodécimo de la orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas.Documentos asociados
Boletín:
19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
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Boletín:
23/02/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 43
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 43
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín:
21/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 69
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 69
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento