Convocatoria del año 2007, para la concesion de ayudas para apoyo a centros tecnologicos a traves de proyectos consorciados.

Código de ayuda:

S35964/07

Norma:

ORDEN ITC/1012/2007, de 10 de abril. ORDEN PRE/690/2005, de 18 de marzo. ORDEN PRE/402/2006, de 16 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/05/2007

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden, se realiza la convocatoria del año 2007 para la concesión de ayudas de Apoyo a centros tecnológicos a través de proyectos consorciados en la modalidad de proyectos de I + D en cooperación.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo, que regula las bases, el régimen de ayudas y la gestión del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación tecnológica (2004-2007) en la parte dedicada al Fomento de la Investigación Técnica, modificada por la Orden PRE/402/2006,y se inscribe en la sección 20 definida en el
apartado segundo 3 de la citada Orden.

Objetivos específicos:
La presente Orden trata de fomentar la cooperación entre centros tecnológicos de distintas Comunidades Autónomas a fin de permitir mejorar la eficacia de los recursos existentes y alcanzar la masa crítica necesaria para abordar el desarrollo de nuevas tecnologías de alto valor añadido para la industria española. Este objetivo se intenta alcanzar mediante:

1. Apoyo a la formación de consorcios para desarrollar proyectos de alto riesgo tecnológico y con mayor impacto en la competitividad industrial.
2. Apoyo a la creación de alianzas estratégicas estables, que permitan aprovechar sinergias y aumentar la masa crítica en tecnologías punteras para la industria española.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Industria, y Comercio ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las ayudas previstas en la presente Orden, los centros tecnológicos inscritos como Centro de Innovación y Tecnología (CIT) en el Registro regulado por el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre (BOE de 17 de enero de 1997), y cuya propiedad u órgano de gobierno no sea mayoritariamente de las Administraciones Públicas, tal como se recoge en el apartado
sexto de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos objeto de las ayudas de esta orden serán proyectos en cooperación desarrollados por consorcios o alianzas estratégicas establecidas en el que deben participar Centros tecnológicos pertenecientes al menos a tres Comunidades Autónomas.

Los Centros tecnológicos podrán participar como máximo, en cada convocatoria, en dos proyectos, bien como solicitante o como cooperante.

Los proyectos susceptibles de ser objeto de las ayudas deberán responder a los siguientes tipos de los definidos en el apartado cuarto de la Orden PRE/690/2005, de 18 de marzo:

a) Proyectos de investigación industrial
b) Proyectos de desarrollo tecnológico.

Los proyectos deben tener una duración mínima de 2 años y un presupuesto total superior a 1 millón de €.

El presupuesto de cada participante en el proyecto no podrá ser inferior al 15 por ciento del presupuesto total.

Los proyectos, en todo caso, deberán responder a los objetivos y prioridades temáticas descritos en el anexo II de la Orden ITC/70/2007, de 19 de enero («BOE» 25 enero 2007).

Documentos asociados

Boletín: 19/03/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 67
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/02/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 43
Documento: Modificación Bases Descargar Documento
Boletín: 17/04/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 92
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento