Convocatoria de propuestas 2010. Programa La Juventud en Acción 2007-2013.

Código de ayuda:

S47200/10

Norma:

EAC/01/10. Decisión n o 1719/2006/CE.

Plazo de Solicitud:

Consultar Artículo VII. Plazos de solicitud.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los objetivos generales definidos en la Decisión por la que se establece el Programa «La Juventud en Acción» son los siguientes:
— promover la ciudadanía activa de los jóvenes, en general, y su ciudadanía europea, en particular,
— potenciar la solidaridad y promover la tolerancia de los jóvenes, sobre todo para reforzar la cohesión social de la U,
— favorecer el entendimiento mutuo entre los jóvenes de países diferentes,
— contribuir a mejorar la calidad de los sistemas de apoyo a las actividades de los jóvenes y a reforzar la capacidad de las organizaciones de la sociedad civil en el ámbito de la juventud,
— favorecer la cooperación europea en el ámbito de la juventud.

Estos objetivos generales se implementarán mediante proyectos, teniendo en cuenta las prioridades permanentes siguientes:
— Ciudadanía europea
— Participación de los jóvenes
— Diversidad cultural
— Inclusión de los jóvenes con menos oportunidades.

Además de estas prioridades permanentes, las prioridades anuales para 2010 son las siguientes:
— Año Europeo de Lucha contra la Pobreza y la Exclusión Social.
— El desempleo juvenil y la promoción de la participación activa de los jóvenes desempleados en la
sociedad.
— Sensibilización y movilización de los jóvenes en torno a los retos mundiales (como el desarrollo
sostenible, el cambio climático, las migraciones o los Objetivos de Desarrollo del Milenio).

Categorías Subvención

  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Empleo
  • Juventud
  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Unión Europea

Convoca:

Comisión Europea ( Unión Europea)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Programa tiene un presupuesto global de 885 millones EUR para el periodo 2007-2013. El presupuesto
anual está sujeto a las decisiones de las autoridades presupuestarias.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Deberán presentar las solicitudes las entidades siguientes:
— organizaciones no lucrativas o no gubernamentales,
— organismos públicos locales o regionales,
— grupos informales de jóvenes,
— organismos activos a escala europea en el ámbito de la juventud,
— organizaciones internacionales no lucrativas,
— organizaciones lucrativas que organicen un acontecimiento en el ámbito de la juventud, del deporte o de
la cultura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Acción 1: La Juventud con Europa
— Subacción 1.1: Intercambios de jóvenes (hasta quince meses de duración): Estos intercambios ofrecen
a grupos de jóvenes procedentes de diferentes países la posibilidad de encontrarse y de conocer mejor
sus respectivas culturas. Los grupos planifican juntos su intercambio en torno a un tema de interés
mutuo.
— Subacción 1.2: Iniciativas de jóvenes (entre tres y dieciocho meses de duración): Las iniciativas de
jóvenes apoyan proyectos de grupos definidos a escala local, regional y nacional. Apoyan también el
establecimiento de redes entre proyectos similares de distintos países, con el propósito de reforzar su
dimensión europea y de mejorar la cooperación y el intercambio de experiencias entre los jóvenes.
— Subacción 1.3: Proyectos de democracia de jóvenes (entre tres y dieciocho meses de duración): Los
Proyectos de democracia de jóvenes apoyan la participación de los jóvenes en la vida democrática de su
comunidad a nivel local, regional, nacional e internacional.

Acción 2: Servicio Voluntario Europeo
Esta acción apoya la participación de los jóvenes en diversas formas de actividades voluntarias, tanto dentro como fuera de la Unión Europea. En esta acción, los jóvenes participan, individualmente o en grupo, en actividades voluntarias no remuneradas en el extranjero (hasta veinticuatro meses de duración).

Acción 3: La juventud en el mundo
— Subacción 3.1: Cooperación con los países vecinos de la Unión Europea (hasta quince meses de
duración): Esta subacción presta apoyo a proyectos con participación de los países socios vecinos, a
saber, intercambios de jóvenes y proyectos de formación y creación de redes en el ámbito de la
juventud.

Acción 4: Sistemas de apoyo a la juventud
— Subacción 4.3: Formación y establecimiento de redes entre agentes activos en el ámbito de la
juventud y en organizaciones juveniles (entre tres y dieciocho meses de duración): Esta subacción
apoya en especial el intercambio de experiencias, conocimientos y buenas prácticas, así como actividades
que puedan dar origen a proyectos, asociaciones y redes de calidad de larga duración.

Acción 5: Apoyo a la cooperación europea en el ámbito de la juventud
— Subacción 5.1: Encuentros entre los jóvenes y los responsables de las políticas de juventud (entre
tres y nueve meses de duración): Esta subacción apoya la cooperación, la celebración de seminarios y el
diálogo estructurado entre los jóvenes, las personas que trabajan en el sector de la juventud y los
responsables de la política de juventud.

Requisitos:

El Programa está abierto a la participación de los países siguientes:

a) los Estados miembros de la UE;
b) los Estados de la AELC que sean miembros del EEE, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo EEE
(Islandia, Liechtenstein y Noruega);
c) los países candidatos beneficiarios de una estrategia de preadhesión, conforme a los principios generales
y las condiciones y modalidades generales de participación establecidos en los acuerdos marco celebrados
con dichos países para su participación en programas comunitarios (Turquía);
d) terceros países que hayan firmado con la Comunidad acuerdos pertinentes para el ámbito de la juventud.

No obstante, algunas acciones del Programa van dirigidas a una lista más limitada de países. Por lo tanto, la
admisibilidad de los países se define específicamente para cada acción o subacción en la Guía del Programa.

Documentos asociados

Boletín: 24/11/2006
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº L 327/30
Documento: DECISIÓN no 1719/2006/CE Descargar Documento
Boletín: 23/12/2009
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C 315/3
Documento: Convocatoria de Propuestas Descargar Documento