Convocatoria de las subvenciones para organizar acontecimientos deportivos de carácter nacional o internacional en el ámbito geográfico de las Illes Balears, para el año 2007.

Código de ayuda:

S46264/06

Norma:

Resolución de 10 de noviembre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/12/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante esta Resolución, la Consejería de Presidencia y Deportes establece la convocatoria de subvenciones dirigidas a proyectos de especial relevancia que incidan en la promoción del deporte en la comunidad autónoma de las Illes Balears, mediante la organización de acontecimientos deportivos de
carácter nacional o internacional, de acuerdo con lo que dispone el artículo 1.2 d) de la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB núm. 137, de 2 de octubre).




Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Presidencia y Deportes (Islas Baleares)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

a) Las federaciones deportivas de las Illes Balears legalmente reconocidas y otras entidades deportivas inscritas en el Registro de Asociaciones de las Illes Balears.

b) Las empresas privadas dedicadas a la promoción del deporte.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se subvencionarán gastos derivados de la organización de acontecimientos exceptuando los siguientes:

a) Gastos de personal, exceptuando los que se deriven de la contratación de personal específico para realizar la actividad.
b) Gastos financieros, licencias o impuestos exigibles como consecuencia de la realización de la actividad, exceptuando los que correspondan a cánones por derechos de realización de la actividad subvencionada.
c) Gastos de material fungible y corrientes de la entidad beneficiaria.

Requisitos:

Los acontecimientos, para poder ser subvencionados, tienen que figurar en los calendarios de competiciones oficiales de las respectivas federaciones autonómicas, nacionales e internacionales, y deben realizarse durante el año 2007 en el ámbito geográfico de las Illes Balears.

Todas las peticiones y justificaciones tienen que corresponder a actividades desarrolladas durante el año 2007.

Para poder acceder a estas subvenciones las federaciones deportivas tienen que estar al corriente de todas las obligaciones con la Administración deportiva de la comunidad autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con lo que establece el artículo 42 de la Ley 3/1995, de 21 de febrero, del deporte balear.

Documentos asociados

Boletín: 21/11/2006
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 165
Documento: Convocatoria 2007 Descargar Documento