Convocatoria de doctorados industriales (DI).- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S14473/18

Norma:

RESOLUCIÓN EMC/307/2017, de 17 de febrero. RESOLUCIÓN EMC/401/2017, de 28 de febrero. RESOLUCIÓN EMC/591/2018, de 26 de marzo. RESOLUCIÓN EMC/964/2018, de 11 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 10 de diciembre de 2018.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria de los doctorados industriales.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

1. Entorno empresarial

Pueden ejercer de entorno empresarial las empresas (véase su definición en la base 3.5.3), siempre que no sean organismos de investigación ni empresas que dependan de estos. Tampoco pueden ser beneficiarios de
esta convocatoria los departamentos, las delegaciones y los servicios territoriales de la Generalidad de
Cataluña. Se excluyen, asimismo, los centros TECNIO con personalidad jurídica propia.

2. Entorno académico

Pueden ejercer de entorno académico los organismos de investigación, en concreto las universidades públicas y privadas del sistema universitario de Cataluña, así como los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias con sede en Cataluña que tengan como finalidad principal la investigación o difundir ampliamente los resultados de las investigaciones por la enseñanza, la publicación o la transferencia de tecnología.

En los casos en que los centros de investigación y las fundaciones hospitalarias sean solicitantes, el convenio de colaboración deberá estar firmado también, necesariamente, por la universidad del sistema universitario de Cataluña donde se deba matricular de tutoría de tesis el candidato o la candidata.

3. Las entidades del entorno empresarial y del académico deben haber firmado un convenio de colaboración para llevar a cabo conjuntamente el desarrollo de un proyecto de DI, de acuerdo con el procedimiento de participación del Plan DI, recogido en la página web <http://doctoratsindustrials.gencat.cat>. En estos
proyectos podrán participar otras instituciones con arreglo a lo previsto en el convenio correspondiente.

Requisitos:

- Haber firmado un convenio de colaboración con una duración mínima de tres años y que sea vigente durante todo el proyecto. En el convenio deben participar los dos entornos (académico y empresarial) y, en todos los casos, la universidad de matriculación de tutoría de tesis del doctorando o doctoranda, si bien puede haber otras personas firmantes.

- El director o directora de la tesis deberá formar parte de un grupo de investigación reconocido (SGR) vigente de la Generalidad de Cataluña, o bien ser investigador o investigadora del programa ICREA o haber obtenido financiación del Consejo Europeo de Investigación (ERC).

- Haber seleccionado al doctorando o doctoranda para llevar a cabo el proyecto de tesis, de acuerdo con lo previsto en la web del Plan DI (<http://doctoratsindustrials.gencat.cat/es/pages/home>).

- El doctorando o doctoranda debe haber sido admitido en un programa de doctorado para el curso que determine la convocatoria correspondiente.

- El doctorando o doctoranda debe tener una nota media igual o superior a 6,5 en la escala de 1 a 10. Para calcularla se tendrán en cuenta las notas obtenidas en los estudios superiores que den acceso al doctorado.

- El doctorando o doctoranda debe disponer de un director o directora de tesis vinculado a una universidad, un centro de investigación o una fundación hospitalaria, y de una persona responsable del proyecto designada por la empresa.

- La dedicación del doctorando o doctoranda al proyecto de investigación se distribuirá entre la empresa y la universidad, el centro de investigación o la fundación hospitalaria vinculados al proyecto.

- El doctorando o doctoranda debe realizar 60 horas de formación en competencias transversales de interés
empresarial relacionadas con las siguientes temáticas: liderazgo, coordinación y gestión de proyectos, transferencia de resultados de la investigación, desarrollo de nuevas empresas, patentes, propiedad intelectual e industrial. La Generalidad de Cataluña asumirá la organización de 30 de estas horas de formación, mientras que las 30 horas restantes el doctorando o doctoranda las cursará aprovechando los recursos de formación interna de las empresas o en el marco de la oferta de las universidades, los centros de investigación o las fundaciones hospitalarias. También se podrá acreditar formación transversal realizada en los cinco años previos a la solicitud de la ayuda.

- En cuanto a la financiación del grupo de investigación, se establece una incompatibilidad consistente en que un mismo director o directora de tesis no puede acumular una financiación anual superior a 14.400,00 (catorce mil cuatrocientos) euros en el marco del Plan DI.

Documentos asociados

Boletín: 24/02/2017
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Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 08/03/2017
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