Convocatoria de cursos del Plan 2008-2009 de Formacion Permanente del Profesorado de Formacion Profesional, dirigidos al profesorado que imparte Ciclos Formativos de Formacion Profesional.
Código de ayuda:
S31828/08Norma:
ORDEN de 8 de abril de 2008.Plazo de Solicitud:
Un mes desde la finalización del curso.Finalidad u objetivo de la ayuda:
- Establecer el procedimiento de convocatoria y selección de participantes para la realización de cursos de formación del profesorado de Formación Profesional de la Comunidad Autónoma del País Vasco.- Regular las ayudas económicas al profesorado que supere dichos cursos de formación, conforme a lo que se establezca en la Resolución de convocatoria de cada curso.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Educación (País Vasco)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
A la concesión de las ayudas se destinará un importe máximo de 47.483 euros. Dicho importe se desglosacomo sigue: 15.656,00 euros se destinan a las ayudas a conceder en el ejercicio 2008 y 31.827,00 euros
para aquellas que se concedan en el ejercicio 2009, estando éstas últimas sometidas al régimen de tramitación anticipada de expedientes conforme se establece en la Disposición Adicional de la presente Orden.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los/las profesores-as que se encuentren en activo y que impartan Ciclos Formativos de Formación Profesional.Así mismo, podrán tomar parte el personal adscrito al Instituto Vasco de Cualificaciones y a la Agencia
Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la FP, y a Tknika, Centro de Innovación para
la Formación Profesional y el Aprendizaje Permanente y en aquellos cursos en los que así se especifique, los/las profesores-as que sin impartir ciclos formativos de Formación Profesional pertenezcan a algunas de las especialidades que en los requisitos específicos del curso se determinen.
Requisitos:
Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Autorización de la dirección del centro o de la Jefatura Territorial correspondiente en el caso de la Inspección de Educación, o de los/las directores/as correspondientes en el caso del Instituto Vasco de Cualificaciones y de la Agencia Vasca para la Evaluación de la Competencia y la Calidad de la FP y de Tknika, para los cursos a desarrollar total o parcialmente dentro del horario lectivo.
b) No haber participado en actividades de formación con liberación superior al mes ni haber tenido licencia
de estudios, en los tres años anteriores a la fecha de celebración del curso, para los cursos que requieren liberación. A estos efectos, no se consideran incluidos los cursos de Irale.
c) No hallarse incursos en alguna de las causas establecidas en el apartado 5 del artículo 50 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, modificado por la Ley
4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres. Esta circunstancia deberá ser acreditada documentalmente mediante una declaración jurada que se acompañará a la solicitud.
Documentos asociados
Boletín:
30/04/2008
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 81
Documento: Convocatoria 2008 y Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 81
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