Convocatoria 2007-2008, de subvenciones publicas con cargo a los presupuestos generales del Estado en el area de influencia socioeconomica del Parque Nacional Maritimo-Terrestre de las Islas Atlanticas de Galicia.
Código de ayuda:
S58746/07Norma:
Orden de 18 de julio de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 08/09/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente orden tiene por objeto, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 1229/2005, de13 de octubre, establecer las bases reguladoras, así como efectuar su convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para los años 2007-2008 de las ayudas en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia.
Categorías Subvención
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Ayuntamientos/Municipios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organismos / Entidades Públicas
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
a) Entidades locales.1º Los ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica de los parques
nacionales (Bueu, Ribeira, Vilagarcía de Arousa y Vigo).
2º Las entidades locales menores pertenecientes a dichos ayuntamientos.
3º Las entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos ayuntamientos,
y hayan sido creadas por la comunidad autónoma en el ejercicio de sus competencias en materia de
régimen local.
b) Entidades empresariales.
1º Las entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya
sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional Marítimo-Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia y cuya actividad principal se desarrolle en este área.
2º Los empresarios autónomos en los siguientes supuestos:
-Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica de un parque
nacional.
-Cuando residan en el área de influencia socioeconómica de un parque nacional y pretendan implantar
su actividad en ella.
-Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior
de un parque nacional actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre
que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación.
c) Personas físicas: las personas físicas residentes en las áreas de influencia socioeconómica.
d) Instituciones sin ánimo de lucro.
e) Las entidades de derecho público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de
recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con el aprovechamiento ordenado de
estos recursos en el área de influencia socioeconómica del parque nacional.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las inversiones en el área de influencia socioeconómica del parque nacional referidas a:a) Iniciativas públicas tendentes a la modernización de las infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales destinadas al uso general, así como a la diversificación y mejora de los servicios prestados por la Administración local, cuando guarden una relación directa con las finalidades y objetivos que establecen la norma de declaración del parque nacional o sus instrumentos de planificación.
b) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural,
siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.
c) Iniciativas públicas o privadas orientadas a la eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores
naturales o culturales que justificaron la creación del parque nacional, incluido el impacto visual sobre la percepción estética del mismo ocasionado por infraestructuras preexistentes.
d) Iniciativas públicas o privadas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y los usos
tradicionales con la finalidad y objetivos de los parques nacionales.
e) Iniciativas públicas o privadas destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico,
así como aquellas que contribuyan a la recuperación de la tipología constructiva tradicional, siempre que presenten un manifiesto valor históricoartístico o cultural a escala local.
f) Iniciativas privadas destinadas a la puesta en marcha de actividades económicas relacionadas con el parque nacional, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la
comercialización de productos artesanales.
g) Iniciativas privadas destinadas al mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional
de los edificios que tienen un uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario.
Documentos asociados
Boletín:
09/08/2007
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 154
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 154
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento