Convocatoria 2006 de ayudas para la promoción de productos agroalimentarios, previstas en la Orden que se cita.
Código de ayuda:
S02537/06Norma:
RESOLUCION de 16 de enero de 2006, Regulada por la Orden de 7 de diciembre de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/03/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar para el año 2006 las ayudas reguladas en la Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria (Andalucía)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas reguladas en la presente Orden no podrá sobrepasar el 50% del gasto subvencionable.La cuantía máxima de las ayudas previstas no sobrepasará la cantidad de 400.000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas, a los efectos de la presente Orden:a) Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad.
b) Asociaciones y Federaciones de entidades asociativas agrarias y Fundaciones y Organizaciones Empresariales.
2. Los beneficiarios deberán tener su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Podrán ser objeto de subvención las campañas y acciones de promoción genérica que tiendan a dar a conocer o mejorar la imagen del producto y sus características, incluyendo la elaboración del material promocional correspondiente.2. Las actuaciones de promoción deberán cumplir las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales para Publicidad de productos incluidos en el Anexo I del Tratado CE y de determinados productos no incluidos en el mismo, de 9 de agosto de 2001, de referencia D (2001) C/252/03.
3. Se consideran gastos subvencionables los sufragados por los beneficiarios en relación con las siguientes acciones:
a) Campañas de promoción genéricas.
b) Campañas de publicidad genéricas.
c) Elaboración de material divulgativo y promocional.
d) Elaboración y publicación de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad andaluces.
e) Realización de jornadas técnicas.
f) Acciones de relaciones públicas.
g) Acciones de promoción por asistencia a ferias no subvencionadas por otras ayudas públicas para la misma finalidad.
Documentos asociados
Boletín:
25/01/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín:
20/12/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento