Convocatoria 2006 de ayudas para la promoción de productos agroalimentarios, previstas en la Orden que se cita.

Código de ayuda:

S02537/06

Norma:

RESOLUCION de 16 de enero de 2006, Regulada por la Orden de 7 de diciembre de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/03/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar para el año 2006 las ayudas reguladas en la Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las ayudas reguladas en la presente Orden no podrá sobrepasar el 50% del gasto subvencionable.

La cuantía máxima de las ayudas previstas no sobrepasará la cantidad de 400.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Tendrán la consideración de beneficiarios de las ayudas, a los efectos de la presente Orden:

a) Los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Calidad.

b) Asociaciones y Federaciones de entidades asociativas agrarias y Fundaciones y Organizaciones Empresariales.

2. Los beneficiarios deberán tener su sede en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Podrán ser objeto de subvención las campañas y acciones de promoción genérica que tiendan a dar a conocer o mejorar la imagen del producto y sus características, incluyendo la elaboración del material promocional correspondiente.

2. Las actuaciones de promoción deberán cumplir las Directrices Comunitarias sobre Ayudas Estatales para Publicidad de productos incluidos en el Anexo I del Tratado CE y de determinados productos no incluidos en el mismo, de 9 de agosto de 2001, de referencia D (2001) C/252/03.

3. Se consideran gastos subvencionables los sufragados por los beneficiarios en relación con las siguientes acciones:

a) Campañas de promoción genéricas.
b) Campañas de publicidad genéricas.
c) Elaboración de material divulgativo y promocional.
d) Elaboración y publicación de dossieres y monográficos sobre alimentos de calidad andaluces.
e) Realización de jornadas técnicas.
f) Acciones de relaciones públicas.
g) Acciones de promoción por asistencia a ferias no subvencionadas por otras ayudas públicas para la misma finalidad.

Documentos asociados

Boletín: 25/01/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 16
Documento: Convocatoria 2006 Descargar Documento
Boletín: 20/12/2006
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 246
Documento: Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento