Convocan cien becas para la juventud del exterior, a fin de cursar estudios de formación profesional de grado superior que se inicien en el curso académico 2019/20 en un centro de Galicia con enseñanzas sostenidas con fondos públicos.

Código de ayuda:

S26100/19

Norma:

ORDEN de 9 de abril de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 1 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases y convocar el procedimiento de concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cien (100) becas para la juventud del exterior, a fin de cursar un ciclo de grado superior de formación profesional sostenido con fondos públicos en un centro de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un total de un millón de euros a estas ayudas para cien (100) becas, con una cuantía de 10.000 euro cada una. La dotación total de la beca por año es la siguiente:

a) 300.000 euros en el año 2019.

b) 500.000 euros en el año 2020.

c) 200.000 euros en el año 2021.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán concurrir a esta convocatoria los/las ciudadanos/as gallegos/as residentes en el exterior y que cumplan los requisitos contemplados en el artículo 3 de la orden mencionada anteriormente.

Requisitos:

a) Ser menor de 30 años.

b) Estar en posesión de la nacionalidad española.

c) Residir en el extranjero.

d) Haber residido en el extranjero los dos años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

e) Cumplir por lo menos una de las siguientes condiciones:

e.1) Ser emigrante nacido/a en Galicia o haber residido en Galicia de manera continuada durante diez (10) años con nacionalidad española antes de emigrar.

e.2) Haber nacido en el extranjero y ser descendiente de una persona que cumpla alguna de las condiciones del apartado e.1).

f) En el caso de las personas nacidas en el extranjero, estar vinculadas a un ayuntamiento gallego. Este requisito se podrá acreditar con posterioridad, pero siempre antes de que termine el plazo de subsanación de la documentación preceptiva.

Documentos asociados

Boletín: 26/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Bases, Convocatoria 2019 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 26/04/2019
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 80
Documento: Convocatoria 2019 (Extracto) Descargar Documento