Concesión de prestamos a Federaciones Deportivas Españolas, Agrupaciones de Clubes de ambito estatal y Entes de promocion deportiva, por la realizacion de inversiones relacionadas con el desarrollo de su actividad y como apoyo a la integracion profesional de los deportistas de alto nivel.
Código de ayuda:
S28755/07Norma:
RESOLUCION de 8 de marzo de 2007.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 23/04/2007Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene por objeto regular el procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad, y concurrencia competitiva, de préstamos a Federaciones Deportivas Españolas, Agrupaciones de Clubes de Ámbito Estatal y Entes de Promoción Deportiva, para:1.1 La realización de actividades e inversiones relacionadas con el desarrollo de su actividad.
1.2 Apoyo a los deportistas de alto nivel pertenecientes a dichas Federaciones, en proyectos o actividades encaminadas a facilitar su integración en el Mercado Laboral.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarias de los préstamos las Federaciones Deportivas Españolas, Agrupaciones de Clubes de ámbito estatal y Entes de Promoción Deportiva que, no encontrándose en alguna de las circunstancias de exclusión señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, resulten adjudicatarios de la presente convocatoria, los cuales estarán sujetos, en cuanto a obligaciones, a las que figuran en el artículo 14 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.Podrán ser destinatarios de estos préstamos, aquellos deportistas de alto nivel que hayan obtenido tal condición en los últimos cinco años mediante su publicación en el Boletín Oficial del Estado, quedando sometidos a las mismas obligaciones expuestas en el párrafo anterior.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las ayudas previstas serán instrumentadas como créditos reembolsables, con las siguientes características:El plazo máximo de amortización será de 5 años, modulable en la respectiva resolución de concesión, atendiendo a la naturaleza y las características de la propuesta presentada.
El plazo de carencia máximo será de 36 meses.
El tipo de interés será del cero por ciento anual.
La cuantía máxima del préstamo será, en el caso de las actividades o inversiones que figuran en la base Primera, punto 1.1 de esta Resolución, el del 75 % de la actividad o proyecto, salvo en aquellos supuestos en que razones de índole deportiva exijan una ayuda superior, lo que se hará constar en el expediente. En el caso de las indicadas en el punto 1.2 de la misma base, la cuantía máxima será hasta un 50 %.
Los posibles gastos de formalización correrán a cuenta del preceptor del préstamo.
Su devolución se hará en pagos anuales.
Los préstamos contemplados en la presente resolución responderán a los siguientes tipos de proyectos:
A) En el caso de las actividades e inversiones del punto 1.1 de la base Primera:
Inversiones, en bienes muebles, inmuebles y en instalaciones deportivas, incluyendo aquéllas que se encuentran en situación de préstamos ya consolidados con entidades bancarias/crediticias, por cuanto ya se hubieren realizado, así como cancelación de préstamos.
Excepcionalmente, financiarán los gastos derivados de la realización de actividades deportivas de interés estatal.
B) En el caso de los proyectos o actividades que figuran en el punto 1.2 de la base Primera:
Inversiones en bienes muebles e inmuebles cuyo destino sea el ejercicio profesional.
Para actividades de formación, como complemento a la titulación superior mediante estudios de postgrado o Másters, siempre orientados al desarrollo profesional.
Otros tipos de actividades o proyectos que tras la solicitud, sean valorados como positivos con vista a la proyección profesional, y siempre como medio para mejorar su cualificación.
Documentos asociados
Boletín:
24/03/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 72
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 72
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento