Concesion de ayudas sociales y al estudio para el curso academico 2010/2011.

Código de ayuda:

S59082/10

Norma:

Orden 59/2010, de 26 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de ayudas sociales y al estudio para el curso académico 2010/2011, estableciendo el procedimiento de solicitud, tramitación y resolución, para el personal de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y Organismos Autónomos dependientes de ésta, así como para los
jubilados, huérfanos y viudos del citado personal.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Educación y Ciencia
  • Formación
  • Juventud
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Transporte

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Administraciones Públicas y Política Local (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Ayuda por guardería: Ayuda de hasta 136 euros mensuales, durante doce meses, justificables trimestralmente.

Ayuda por segundo ciclo de educación infantil: Ayuda de 83 euros anuales.

Ayuda por Bachillerato y Otros Ciclos Formativos Oficiales Equivalentes: La ayuda es de 144 euros anuales, previa justificación consistente en la presentación del certificado de matrícula oficial del curso académico 2010/2011, así como una certificación oficial que demuestre que el beneficiario no repite curso.

Ayuda por estudios universitarios: El limite máximo de esta ayuda será de 500euros anuales.

Ayuda por discapacidad: La ayuda alcanza hasta un máximo de hasta 744 euros trimestrales, a justificar en dicho período únicamente para gastos derivados de la discapacidad que se padezca.

Educación Especial: Se podrá abonar hasta 248 euros mensuales, a justificar trimestralmente, a aquellos beneficiarios que necesiten de atención especial para su desarrollo físico o intelectual.

Ayuda por intolerancia alimentaria: Se tendrá derecho a percibir una cuantía de 75 euros mensuales a aquellos beneficiarios que requieran productos alimentarios específicos por motivos de salud (celíacos, alérgicos a leche).

Escuela Oficial de Idiomas y Conservatorio Oficial de Música: El importe de la ayuda cubre el 60% de los gastos de matrícula, excluyendo las tasas administrativas.

Ayuda por cuidado de hijo: Para atender el cuidado de hijos por parte de los empleados públicos que se hallen en situación de excedencia por este motivo, se podrá conceder una ayuda de 180 euros, por cada mes completo o la parte proporcional que corresponda, y por un máximo de seis meses.

Ayuda complementaria por residencia: Para sufragar los gastos generados por el hijo del solicitante por desplazamiento del domicilio habitual, se abonará una ayuda complementaria de hasta 125 euros mensuales, a justificar trimestralmente.

Ayuda complementaria por transporte: Para sufragar parte de los gastos generados por el hijo del solicitante por desplazamiento a localidad distinta del domicilio habitual y siempre que no exija cambio de residencia, se abonará una ayuda complementaria de 36 euros anuales. No será necesaria la presentación de ninguna documentación adicional a la solicitud de ayuda.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

- Los funcionarios de carrera, el personal estatutario y laboral fijo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sus Organismos Autónomos, que estén prestando servicios en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente Orden.

- Los funcionarios interinos, el personal estatutario y laboral no fijo, que estén en servicio activo en el momento de presentar la solicitud y acrediten seis meses de prestación de servicios durante los doce meses anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Las ayudas renovables trimestralmente, se percibirán únicamente hasta el mes en que se produzca la baja o cese, éste incluido. Para los interinos docentes por vacante, los seis meses de prestación de servicios se computarán a la fecha en que fueron cesados por finalizar el nombramiento del curso 2009/2010, siempre que a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudestuviesen en vigor un nombramiento de la misma naturaleza para el curso 2010/2011. En el caso de contratos de interinidad por vacante de plazas fijasdiscontinuas, se aplicarán criterios similares referidos a la duración de la campaña.

- Los jubilados de esta Administración, huérfanos y viudos de los empleados públicos que no desarrollen ningún tipo de actividad remunerada, salvo que padezcan una minusvalía en grado igual o superior al 33%.

- Los hijos menores de 25 años, cónyuges o parejas de hecho del citado personal, que no hayan obtenido rentas superiores a 2.556 euros en el año 2009.

- Los empleados públicos en situación de excedencia por cuidado de hijos o cuidado de familiares.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Ayuda por guardería.

Ayuda por segundo ciclo de educación infantil.

Ayuda por Bachillerato y Otros Ciclos Formativos Oficiales Equivalentes.

Ayuda por estudios universitarios.

Ayuda por discapacidad.

Educación Especial.

Ayuda por intolerancia alimentaria.

Escuela Oficial de Idiomas y Conservatorio Oficial de Música.

Ayuda por cuidado de hijo.

Ayuda complementaria por residencia.

Ayuda complementaria por transporte.

Documentos asociados

Boletín: 29/10/2010
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 133
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2010/2011 y Anexos. Descargar Documento